Ordenan a la Registraduría modificar el calendario electoral por las curules de paz

Las curules de paz se aplicarán para los próximos dos periodos.
El Congreso de la República, en Bogotá
El Congreso de la República, en Bogotá Crédito: Colprensa

Al revivir las '16 curules de paz' para las víctimas del conflicto armado, la Corte Constitucional le ordenó a la Registraduría Nacional modificar la resolución que fijó el calendario electoral del 2022 para la elección de un nuevo Congreso de la Republica, esto con el fin de permitir la inscripción de quienes vayan a ocupar los 16 escaños.

“Se ordena a la organización electoral llevar a cabo las medidas especiales necesarias para permitir la inscripción y elección de candidatos para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes en el certamen electoral del 13 de marzo de 2022”, precisa uno de los apartes del fallo emitido este viernes.

Así mismo ordena “al Registrador Nacional del Estado Civil modificar la Resolución 2098 del 12 de marzo de 2021 expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil y “por la cual se fija el calendario electoral para las elecciones del Congreso de la República que se realizarán el 13 de marzo de 2022”.

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La orden no quiere decir que se aplazan las elecciones al Congreso, sino que la Registraduría deberá hacer todo lo posible, incluyendo modificar el calendario electoral, para incluir en los tarjetones a quienes representarán a las víctimas del conflicto.

Sin embargo, se espera que la Registraduría se pronuncie sobre la orden dada en el punto siete de la resolutiva que se lee en el fallo de la Corte Constitucional.

El alto tribunal también estableció que los escaños de paz se deben aplicar para los períodos constitucionales 2022-2026 y 2026-2030.

En el fallo se le da un plazo de 48 horas al Congreso de la República para suscribir el proyecto del Acto Legislativo que crea estas curules con el fin de que se convierta en ley de la República.

Después de esa suscripción, la norma deberá ser firmada por el presidente Iván Duque en 48 horas con su respectiva publicidad mediante su promulgación en el Diario Oficial para que se convierta en ley

Al tomar esta decisión la Corte le dio la razón a la tutela que presentó el senador Roy Barreras, quien pidió revivir las 16 circunscripciones de paz.

La Sala Plena avaló la votación que se dio en el Congreso en el 2017 para otorgarle curules a las víctimas del conflicto, al considerar que si se presentó mayoría en la votación.

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Pues en ese momento había 99 senadores activos y no 102, porque tres estaban en lios con la justicia: Martín Emilio Morales Diz, Bernardo Miguel Elías Vidal y Musa Besaile Fayad

“Si para la época de los hechos, el Senado de la República estaba integrado por 102 senadores, y si, como se constató con las pruebas recaudadas, tres senadores (Martín Emilio Morales Diz, Bernardo Miguel Elías Vidal y Musa Besaile Fayad) habían sido suspendidos de su investidura antes del 30 de noviembre de 2017, dando lugar a la aplicación de la sanción de no ser susceptibles de ser reemplazados (figura conocida como silla vacía), era innegable que se produjo una reconfiguración del Senado, por virtud de la cual el quórum y las mayorías se debían calcular sobre un total de 99 senadores”, se lee en la síntesis de la decisión.



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