Ministerio de Salud le pide a la Corte Constitucional tumbar el matrimonio infantil

Considera que afecta los derechos de los menores de edad en Colombia.
Matrimonio
Varios matrimonios se vieron afectados durante la pandemia. Crédito: Imagen de Frank Winkler en Pixabay

Un nuevo concepto fue presentado ante la Corte Constitucional en el marco del estudio de la demanda contra varios artículos del Código Civil que reglamenta las normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental y se establece el Régimen de la Representación Legal de Incapaces Emancipados.

En un documento de 16 páginas el Ministerio de Salud pide que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 117, 140 y 143 del Código Civil al considerar que ponen en riesgo varios derechos fundamentales al establecer la edad de 14 años como la mínima para casarse en Colombia.

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“La evidencia ha demostrado que el matrimonio en menores de 18 años es un factor de riesgo para aumentar los embarazos en la adolescencia, y la maternidad y paternidad temprana”, señala el Ministerio al tener en cuenta las advertencias hechas por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

MINISTERIO DE SALUD
Crédito: Captura de pantalla

Considera que lo establecido en los artículos demandados continúa “perpetuando” el matrimonio en menores de 18 años, lo cual es –según el concepto- “una práctica nociva que afecta a las mujeres y niñas en Colombia”.

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“Si bien las personas mayores de 14 años son titulares del derecho a conformar una familia, así como de derechos sexuales y derechos reproductivos, que incluyen la prerrogativa de decidir si se quiere o no tener relaciones sexuales y con quién, sin que exista violencia, coacción o interferencias arbitrarias de terceros; así como al acceso a servicios de salud sexual y a determinar si se quiere tener hijos, cuántos y cuándo, no puede olvidarse el mandato de protección de los niños, niñas y adolescentes contra todo tipo de abuso o maltrato a su integridad física, moral y sexual, como sujetos de protección constitucional reforzada”, señala el concepto en uno de sus principales puntos.

Debido a esto considera que el Estado, la familia y la sociedad deben jugar un papel clave para “evitar la vulneración de sus derechos incluso los sexuales y reproductivos”. Este concepto sigue la misma línea de la argumentación presentada por el Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, el Fondo de Población de las Naciones Unidas y la Unicef que piden también tumbar estos artículos.

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El ICBF fue más allá al señalar que los artículos demandados en el Código Civil constituyen “una forma de violencia en contra de las mujeres», imposibilita que ellas realicen sus proyectos de vida y, en los peores casos, según la demanda, «se convierte en un mecanismo para perpetuar la trata de personas a través de la compra y venta de menores de edad”.

Con estos conceptos, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez deberá tomar una decisión de fondo.


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