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Listo decreto que otorga puntuación adicional por vincular a mujeres y personas con discapacidad en contratación pública

Fue firmado por el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo y el de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Octubre 14, 2021 - 11:35
Incentivo de SuperVigilancia por contratar mujeres, personas con discapacidad y mayores de 45 años
Las Entidades Estatales darán hasta un 3% a las empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada.
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada

Está listo el decreto que otorga puntuación adicional por vincular a mujeres y personas con discapacidad en contratación pública. Asimismo, dentro de esta contratación estarían las personas mayores de 45 años.

Cabe resaltar que dentro de estos procesos de licitación pública, las Entidades Estatales darán hasta un 3% dentro de las condiciones establecidas a las empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada. Además, en la Ley 1920 de 2018, en el artículo 6 el Gobierno lo aclara en el Decreto 1279 de 2021.

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Por lo cual, tendrán que cumplir con los siguientes requisitos: 

En primer lugar será dar hasta 1% a los proponentes que acrediten tener dentro de su personal operativo a este grupo de personas: mujeres, ciudadanos con discapacidad y mayores de 45 años.

Asimismo, se le otorgará un 0.5% a quienes acrediten el mayor número de mujeres vinculadas dentro de su personal operativo.

Por consiguiente, las condiciones para otorgar dicho puntaje, serán verificadas por la entidad contratante, por medio de certificados que el grupo de personas, ya mencionado, debe presentar ante la empresa. 

Uno de ellos es la constancia de la relación total de personal operativo, publicado en el módulo de Acreditación del Personal Operativo, que se encuentra en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que no supere los 30 días antes de su postulación a la empresa. 

Lo anterior, se deberá relacionar con el nombre, apellido, fecha de nacimiento, género y la condición de discapacidad del personal. 

Hay que resaltar que si la oferta presentada es por un consorcio o unión temporal, se tendrá en cuenta la sumatoria ponderada del personal operativo del proponente plural para cada uno de los criterios, según el porcentaje de participación de sus integrantes. 

Fuente:
Sistema Integrado Digital