Gustavo Malo será trasladado a una reclusión militar

La Corte Suprema de Justicia solicitó al Inpec y a la Dirección de Centros de Reclusión Militar adelantar los trámites para su traslado.
Gustavo Malo
Crédito: RCN Radio

La Corte Suprema de Justicia leordenó al Inpec y a la Dirección de Centros de Reclusión Militar adelantar los trámites pertinentes para trasladar al exmagistrado Gustavo Malo a la guarnición militar del Cantón Norte o a la Escuela de Policía Cespo.

La orden se dio al resolver una tutela que presentó la defensa del exmagistrado con la que buscaba máxima protección, dado a que correría peligro al ser recluido en una cárcel de máxima seguridad donde podría compartir celda con personas a las que condenó cuando fungió como magistrado.

La Corte falló a su favor e hizo un llamado de atención al Inpec y a la dirección de Centros de Reclusión Militar que, el 27 de mayo, respondieron negativamente a dicho traslado bajo el argumento de que no había cupos para el exmagistrado dado a que “nunca ha prestado sus servicios para el Ejército Nacional”.

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En este punto, el alto tribunal recordó que muchos exfuncionarios –principalmente excongresistas- e incluso particulares que no han prestado sus servicios al Ejército, han sido trasladados a estas guarniciones para proteger su vida e integridad personal simplemente por el hecho de ser aforados.

Cita entre ellos al exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, quien ha estado en dos periodos diferentes privado de su libertad en la Escuela de Caballería de Bogotá en el Cantón Norte de Bogotá.

“Lo anterior deja en evidencia las facultades con las que cuenta el Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) para disponer el ingreso de detenidos a los Centros Penitenciarios del Ejercito Nacional”, dice la Corte.

El alto tribunal recordó que el traslado de Malo a una guarnición militar fue una orden dada por la propia Sala de primera instancia el pasado 13 de mayo, cuando se impuso una medida de aseguramiento contra el exmagistrado por los delitos de concierto para delinquir, cohecho propio, prevaricato y utilización de asuntos sometidos a reserva

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Las autoridades carcelarias, militares ni de policía cuentan con competencias para controvertir una decisión judicial que se encuentra debidamente ejecutoriada (…) resulta inadmisible que el Inpec y los directores de los centros de reclusión de miembros de la Fuerza Pública autoricen el ingreso a sus instalaciones de algunas personas (…) pero que lo nieguen sistemáticamente en el caso de otras respecto de quienes, legítimamente se ha impuesto tal medida”.

La tutela se presentó contra el Comandante del Ejército, la Dirección de Centros de Reclusión Militar de Bogotá y los magistrados de la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema.


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