Epa Colombia será enviada a la cárcel El Buen Pastor de Bogotá

Inpec recibe boleta de encarcelamiento para Epa Colombia por vandalismo durante paro nacional. Medidas de seguridad especiales en estudio.
Epa Colombia
Abogado penalista Francisco Bernate detalla acciones legales en caso de Epa Colombia tras decisión de la Corte Suprema de Justicia. Prisión domiciliaria y madre cabeza de hogar en debate. Crédito: Colprensa

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) recibió este miércoles, 29 de enero, la boleta de encarcelamiento para el penal de mujeres El Buen Pastor de Bogotá, a Daneidy Barrera, conocida como Epa Colombia, quien fue condenada a más de cinco años de prisión por varios delitos relacionados con hechos de vandalismo ocurridos durante las manifestaciones del paro nacional de 2019.

El Inpec estudia medidas de seguridad especial para Epa Colombia, al ser considerada una figura pública y por las peticiones que hizo su defensa ante la Corte.

Precisamente, fue el alto tribunal quien confirmó la condena impuesta por el Tribunal Superior de Bogotá, que consideró a Barrera culpable de los delitos de daño en bien ajeno, perturbación en el servicio público y instigación a delinquir con fines terroristas. La sentencia ratificó la pena de 63 meses y 15 días de prisión.

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Cabe destacar que, el caso se originó por los videos en los que Barrera aparece vandalizando una estación de Transmilenio, durante las protestas del paro nacional de 2019 y a través de las redes sociales, la creadora de contenidos difundió las imágenes de los actos de destrucción, lo que generó gran polémica.

En su defensa, Epa Colombia argumentó que sus intenciones eran únicamente viralizar los videos, con el fin de aumentar sus ingresos por la difusión en plataformas digitales. Sin embargo, el magistrado Fernando Bolaños rechazó esta versión, afirmando que trivializaba el caso y no estaba respaldada por las evidencias presentadas en el juicio.

La Sala no acoge tal visión, que trivializa el asunto, dado que lo desliga por completo del contexto del estallido social, vandalismo y violencia callejera en Bogotá y otras ciudades”, declaró la Corte, resaltando que la defensa de Barrera nunca mencionó esa justificación en las diligencias de primera instancia.

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Barrera, quien en su momento aceptó los cargos, no logró persuadir a los magistrados para que reconsideraran la medida, en este sentido, la Corte Suprema también rechazó la solicitud de la defensa de concederle el beneficio de casa por cárcel.

Además, en el fallo judicial Epa Colombia fue inhabilita para usar redes sociales.


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