Emiten orden de captura contra ‘Gabino’ y ‘Pablo Beltrán’ por crimen de periodistas

Aparentemente a los dos comunicadores los habrían asesinado porque el ELN creyó que hacían parte de inteligencia militar.
ALIAS GABINO
Crédito: Colprensa

Un Fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos dictó medida de aseguramiento y emitió una nueva orden de captura contra tres integrantes de la cúpula del Comando Central (COCE) del ELN.

Esta medida judicial afecta a Nicolás Rodríguez Bautista, alias ‘Gabino’; Israel Ramírez Pineda, alias ‘Pablo Beltrán’; y Eliécer Herlinton Chamorro Acosta, alias ‘Antonio García’.

Los jefes guerrilleros son señalados por la Fiscalía como presuntos autores mediatos de homicidio agravado de los periodistas Julio Daniel Chaparro Hurtado y Jorge Enrique Torres Navas, ocurrido el 24 de abril de 1991 en el municipio de Segovia (Antioquia).

Los investigadores determinaron que los dos comunicadores viajaron hasta Segovia para recaudar información que les permitiera narrar en una crónica los hechos sucedidos el 11 de noviembre de 1988, en lo que se conoció como la ‘Masacre de Segovia’, que dejó 46 personas asesinadas y 45 más heridas producto de una incursión paramilitar de un grupo comandado por el extinto Fidel Castaño Gil.

La Fiscalía estableció que el homicidio de los dos periodistas fue ejecutado por integrantes de la guerrilla del Ejército de Liberación Nacional (ELN) quienes creyeron que los hombres que recién llegaban de Bogotá sobre las 3 y 30 de la tarde hacían parte de la inteligencia militar.

Durante la recolección de pruebas los investigadores determinaron que el actuar de los milicianos del ELN, que hicieron efectivo el asesinato de Chaparro y Torres, no fue una decisión aislada sino que correspondió a órdenes impartidas por sus superiores en la agrupación armada ilegal.

Un crimen de guerra

El asesinato, ocurrido hace 28 años, fue declarado como “Crimen de guerra” por la Fiscalía General de la Nación en diciembre pasado.

La Fiscalía argumentó que los periodistas asesinados eran civiles que no participaban en el conflicto y consideró que este caso se enmarcaba en los tratados internacionales suscritos por el Estado colombiano, por lo que consideró aplicable las normas del Derecho Internacional Humanitario.

En este caso, la investigación da por probado que con las muertes de Chaparro Hurtado y Torres Navas se cumple claramente el nexo con el conflicto interno y que no fueron asesinados por su condición de periodistas.


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