El salvamento de voto que critica a la Corte por ley de amnistía

Aunque el salvamento no cambia la decisión de la Corte, sí sienta un precedente sobre la posición del magistrado a cerca del tema.
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Antonio José Lizarazo / Colprensa

Aunque la sala plena de la Corte Constitucional dio vía libre por mayoría de votos a la Ley de Amnistía, el magistrado Antonio José Lizarazo salvó el suyo por no estar de acuerdo con algunos de los puntos que debatió el alto tribunal.

Para Lizarazo, la Corte no debió incluir ningún tipo de condicionamiento al aprobar la ley 1820, pues va en contra vía de las normas esenciales de la implementación del acuerdo final.

El magistrado señaló que la corporación no tuvo en cuenta que “las normas de implementación y desarrollo de los contenidos en el acuerdo (…) corresponden a normas de implementación y desarrollo internacional humanitario”.

Antonio José Lizarazo advirtió que la Corte “desconoció el compromiso básico asumido por el Estado, consistente en perdonar los delitos políticos y conexos” para quienes suscriban el acuerdo final, dejen las armas y pacten el acta de compromiso con la JEP.

Agregó que el alto tribunal “confundió las condiciones para la terminación del conflicto con las condiciones para someter a la justicia a los responsables de delitos no amnistiables y reparar a las víctimas”.

“Para el magistrado Lizarazo tales normas de implementación del acuerdo final en materia de amnistía e indulto constituyen desarrollo del artículo 150 -numeral 17- de la Constitución, en armonía con el Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra, en cuanto permiten que, a la cesación de las hostilidades, las autoridades puedan conceder la más amplia amnistía posible por delitos políticos y conexos”, dice el salvamento de voto.


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