Edad de retiro forzoso no aplica para junta directiva de Banco de República

Así lo determinó la Corte Constitucional.
Juan José Echavarría, gerente del Banco de la República
Juan José Echavarría, gerente del Banco de la República Crédito: Foto de Colprensa

Con una votación unánime, la Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la edad de retiro forzoso establecida en la ley no aplica para la Junta Directiva del Banco de la República.

Esto quiere decir que el actual gerente Juan José Echavarría, quien está a punto de cumplir 70 años -que es la edad de retiro-, podrá ser reelegido el próximo año para otro periodo de cuatro años.

La Sala tuvo en cuenta los argumentos de la Junta Directiva del emisor que advirtió que la norma podría modificar las tradiciones respecto a la elección de sus miembros.

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“Establecer una edad de retiro forzoso a los miembros de la Junta Directiva quebranta la regla constitucional establecida para la designación y reemplazo de dichos miembros (…) de aplicarse el retiro forzoso a los miembros de la Junta Directiva se pueden generar incentivos a nombramientos por motivos distintos a los de su capacidad técnica”, señalaba uno de los apartes del concepto enviado por la Junta Directiva.

La Corte estudió una demanda contra el artículo 1 de la ley 1821 de 2016 de retiro forzoso para funcionarios públicos cuando cumplan 70 años.

La acción judicial argumentaba que el Congreso había incurrido en una “omisión legislativa en el inciso segundo de la norma demandada que conduce a su inconstitucionalidad”, por no incluir a los miembros de la Junta Directiva del Banco de la República dentro de las excepciones a la aplicación de la edad de retiro forzoso de quienes desempeñan funciones públicas.

De esa manera la demanda planteaba que la ley podría poner en riesgo la independencia del Banco pues en caso de retiro forzoso, podría quedar en manos del Gobierno la elección del nuevo gerente del emisor.

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Sobre ese tema se rumoraba que el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla podría aspirar a la gerencia del Banco de la República siempre y cuando renunciara tres meses antes a su cargo.

En medio de la discusión la Sala aceptó el impedimento que presentó la magistrada Cristina Pardo porque siendo Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República en el gobierno de Juan Manuel Santos conoció los pormenores de esa norma.


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