Defensa de Jesús Santrich deberá responder ante apelación de la Procuraduría en la JEP

La JEP trasladó oficialmente a los abogados del exjefe guerrillero la apelación que radicó la Procuraduría a su no extradición.
JESUS SANTRICH EN PALOQUEMAO
JESUS SANTRICH EN PALOQUEMAO Crédito: Inaldo Perez

La Secretaría de la Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz, (JEP), realizó el traslado oficial de la apelación que radicó la Procuraduría en donde solicita que se reactive el proceso de extradición a Estados Unidos a la defensa del ex jefe de la extinta guerrilla de las Farc, ‘Jesús Santrich’,

De acuerdo con fuentes del proceso, ahora el equipo de abogados de ‘Santrich’ deberá estudiar la sustentación con los elementos expuestos por el ministerio público y radicar una respuesta el viernes de esta semana.

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Luego de que se cumplan esos procedimientos, la JEP entrará a revisar de manera oficial la próxima semana cada uno de los elementos de la apelación para tomar una decisión, si mantiene o por el contrario revoca la medida de amparar la garantía de no extradición de ‘Santrich’.

La semana pasada el procurador General de la Nación, Fernando Carrillo, al momento de sustentar la apelación, afirmó que la acusación que elaboró la justicia de Estados Unidos en contra del exjefe de la extinta guerrilla de las Farc, ‘Jesús Santrich’, no se trata de un ‘papelito de un funcionario de tercera’.

Carrillo expresó que ese documento donde se solicita la extradición de ‘Santrich’, tiene fuerza y validez, dentro de una investigación formal que adelantaron autoridades serias del Departamento de Justicia se Estados Unidos.

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“No es y perdónenme la analogía, un papelito de un funcionario de tercera del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Es un documento formal que tiene fuerza y cuya legalidad estamos defendiendo”, sostuvo Carrillo.

El funcionario indicó que existe abundante material probatorio para que la sala de apelaciones de la JEP, revoque la determinación que profirió en primera instancia.

El documento de la Procuraduría señala que “la garantía de no extradición no es un derecho fundamental o absoluto, de implantación inmediata. Es un beneficio procesal, sujeto a las condiciones establecidas por la ley y que no puede sobreponerse a la propia ley”.


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