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Decisión sobre consultas mineras es antidemocrática: magistrado Rojas Ríos

El magistrado salvó su voto en la decisión que limita las consultas mineras en el país

Actualizado:
Miércoles, Octubre 17, 2018 - 17:34
Minería
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El "No" obtuvo 39.175 votos, con un 99.18 %, mientras que el "Sí" únicamente alcanzó los 202 votos, es decir, el 0.51%.

Fuertes críticas lanzó el magistrado Alberto Rojas Ríos a sus compañeros de la Corte Constitucional tras la decisión que le impide a los municipios usar las consultas populares para frenar definitivamente la extracción y explotación minera.

El alto tribunal falló una acción de tutela que presentó la empresa minera Mansarovar Energy contra la consulta minera que se realizó en Cumaral (Meta) rechazando la extracción de hidrocarburos por parte de dicha compañía.

Lea acá: Consultas mineras en las que el 'No' ganó serían inválidas

Según el magistrado, el alto tribunal se equivocó al decidir sobre un tema que ya era cosa juzgada. En su salvamento de voto, Rojas Ríos explica que "la Sala Plena incurrió en un dislate" debido a que el proceso de consulta popular que se estudió fue legítimo a la luz de todo el proceso que lleva la convocatoria de la comunidad, por lo cual el asunto “no podía someterse nuevamente a debate”.

Señala además que la Sala Plena “avaló una conducta negligente” de la empresa minera, teniendo en cuenta que, al parecer, esta nunca participó activamente en el proceso de tutela que pretendía ganar.

En su fuerte crítica, el magistrado va más allá y deja en entredicho que la Corte Constitucional pudo haberse extralimitado en sus funciones al no tener en cuenta que varios artículos de la propia Constitución de Colombia que “otorgan a los municipios las facultades de ordenar el desarrollo del territorio y reglamentar el suelo”.

Consulte acá: Consultas mineras no pueden vetar intereses de la Nación: Corte Constitucional

Lo anterior también habría dejado de lado la participación política de las comunidades “desconociendo la naturaleza jurídica de este mecanismo de participación, que no constituye un poder de veto, sino un espacio para que la ciudadanía intervenga en las decisiones que los afecta”

En el salvamento de voto se manifiesta que la Corte tomó una decisión “regresiva y antidemocrática” debido a que limita injustificadamente la participación de la ciudadanía en asuntos que impactan su medio ambiente, como lo es la extracción minera y de hidrocarburos.

Fuente:
Sistema Integrado de Información