Corte Suprema no abrirá investigación a Álvaro Uribe

Por prescripción de términos no tendrá lugar.
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La Corte Suprema de Justicia se abstuvo de abrir investigación contra el senador Álvaro Uribe Vélez por concierto para delinquir agravado con fines de narcotráfico, luego de comprobar la prescripción de la acción penal, pues se trata de hechos anteriores al año 1994.

Estos hechos fueron los formulados por Iván Cepeda en el debate de control político realizado en la comisión segunda del Senado el 17 de septiembre de 2014.

La sala penal aplicó por razones de favorabilidad para los efectos de la prescripción de la acción penal la norma (artículo 44 de la Ley 30 de 1986) que contempla una pena máxima de 12 años de prisión respecto del concierto para delinquir agravado con fines de narcotráfico. Por eso, la supuesta conducta delictiva se encuentra prescrita, porque han transcurrido más de 20 años (1994).

La denuncia de Cepeda se relacionaba con el desempeño de Uribe como Director de la Aeronáutica Civil (enero de 1980 a agosto de 1982); Senador de la República en dos periodos consecutivos (1986-1990 y 1990 -1994), así como del intervalo en estos dos últimos cargos.


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