Breadcrumb node

Corte Constitucional tumbó intervención del Gobierno Nacional a la EPS Sanitas

Corte Constitucional tumbó intervención del Gobierno Nacional a la EPS Sanitas

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Junio 26, 2025 - 21:08
EPS Sanitas
EPS Sanitas incrementa giro directo en un 7 para mejorar red pública hospitalaria y calidad del servicio de salud. Estrategias financieras para fortalecer prestación de servicios.
EPS Sanitas

La Corte Constitucional tumbó la intervención por parte del Gobierno Nacional a la EPS Sanitas y la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la Entidad Promotora de Salud Sanitas S.A.S. por el término de un año.

La Corte consideró que se vulneró el derecho fundamental al debido proceso de varias entidades del conglomerado de salud Keralty —entre ellas Clínica Colsanitas, Medisanitas y la misma EPS Sanitas— tras analizar una acción de tutela presentada por el grupo empresarial contra la Superintendencia Nacional de Salud.

Más noticias: Lista de las EPS en Colombia que podrían ser liquidadas este 2025

De acuerdo con el fallo, se revoca la sentencia del 10 de julio de 2024 de la Corte Suprema de Justicia, que había confirmado una decisión anterior del Tribunal Superior de Bogotá. Esta última había declarado improcedente la acción de tutela. Con la nueva sentencia, la Corte Constitucional ordena levantar la intervención forzosa impuesta por la Superintendencia en abril de 2024, lo que representa una victoria jurídica para el grupo Keralty.

La Corte protegió el debido proceso del grupo Keralty

En su resolución, la Corte reconoció que se cometieron irregularidades en la forma como se ejecutó la medida de intervención, y por ello determinó que se vulneró el derecho al debido proceso de las entidades accionantes.

Consulte además: EPS Sanitas sube 7% el giro directo a las IPS afiliadas: esto significa

Se ampara el derecho fundamental al debido proceso de Clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S., Keralty S.A.S., Compañía de Medicina Prepagada Colsanitas S.A., EPS Sanitas S.A.S. y Juan Pablo Rueda Sánchez”, señala uno de los apartes clave del fallo.

De hecho, la Corte Constitucional también señaló que el magistrado Vladimir Fernández Andrade salvó su voto en esta determinación.

Keralty ya había rechazado la prórroga de la intervención

En abril de 2025, mucho antes de conocerse este fallo, el grupo Keralty había expresado su rechazo a la prórroga de la intervención administrativa ordenada por la Superintendencia de Salud. En un comunicado público, la compañía calificó la medida como “arbitraria, improvisada, ilegal, desproporcionada y discriminatoria”, y aseguró que los resultados obtenidos bajo la gestión del agente interventor habían sido negativos.

“Esta intervención no ha solucionado la crisis, sino que, por el contrario, la ha agravado. Los indicadores de patrimonio, reservas técnicas y quejas han empeorado a niveles alarmantes”, advirtió Keralty en ese momento.

El grupo también insistió en que el verdadero problema del sistema de salud colombiano no era la gestión de las EPS, sino la desfinanciación estructural del sector. Señaló que el Estado no ha reconocido las deudas acumuladas con las entidades prestadoras de servicios, lo que pone en jaque su sostenibilidad.

Le puede interesar: Cambios en EPS Famisanar y Coosalud: Supersalud nombra nuevos interventores

Además, citó la propia resolución de prórroga de la Superintendencia como prueba del fracaso de la intervención, que reflejaba, según el documento, “un deterioro significativo de la situación financiera” al cierre de 2024. El indicador de siniestralidad, por ejemplo, se situó en 105,29 %, lo cual evidenciaría que las medidas adoptadas no lograron el efecto esperado.

“La gestión durante la intervención no está cumpliendo con los indicadores y metas propuestos. Se constata el fracaso de las acciones para implementar medidas de salvamento y lograr la recuperación financiera”, concluyó la compañía en su comunicado de abril.

Fuente:
Sistema Integrado Digital