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Corte Constitucional ordena a EPS entregar silla de ruedas y otros elementos a habitante de calle

La EPS debe atender la rehabilitación física y mental que requiera.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Febrero 17, 2021 - 13:12
Habitante de calle referencia
Habitante de calle referencia
Archivo

El protagonista de la historia es John Moreno, un habitante de calle de Bogotá que ganó una tutela en la Corte Constitucional para que su EPS (Capital Salud) lo atienda por sus graves problemas de salud.

El hombre padece de un trauma raquimedular, paraplejia y una úlcera glútea, como consecuencia de un disparo del que fue víctima en 2018. Además, padece de trastornos mentales y del comportamiento, por el uso de drogas.

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Con ayuda de un abogado, Moreno interpuso la tutela porque su EPS no le ha suministrado la silla de ruedas que necesita y otros insumos médicos que requiere para tratar sus enfermedades.

Esa silla se la ordenó el médico que lo acompañó en las cirugías por la herida de bala y tiene unas especificaciones: “silla de ruedas semideportiva con descanso de pies en u, espalda medio, no descansa antebrazo, rueda inflable antipinchazos, rueda pequeña delantera”.

Su caso llegó a la Corte Constitucional, que con ponencia de la magistrada Gloria Ortíz, se ordenó a esa EPS entregar la silla de ruedas y otros insumos médicos como “la órtesis, el caminador y la crema Colagenasa Iruxol para la úlcera”.

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Además, se ordenó que se valore integralmente el estado de salud de esta persona y se “establezca el tratamiento pertinente para la rehabilitación adecuada para atender su situación de discapacidad física y su salud mental, junto con las órdenes médicas correspondientes”.

La Corte advirtió que todas las personas tiene derecho a recibir un diagnóstico de su condición médica y que las EPS deben atender la rehabilitación física y mental de quienes lo requieran.

"Toda persona tiene derecho a recibir un diagnóstico de su condición médica, el cual se satisface con la realización de exámenes y la consecuente prescripción de tratamientos que se deben determinar con el máximo grado de certeza permitido por la ciencia y la tecnología para aplicar el procedimiento médico más adecuado", dijo la Corte en un comunicado sobre la sentencia. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información