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Ciudadanos podrán grabar procedimientos en los que son multados por infringir el código de Policía

Esta es una acción apoyada por las autoridades para evitar que se presenten hechos irregulares.

Actualizado:
Martes, Agosto 1, 2017 - 03:33
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Colprensa

La Policía Nacional recordó que todo procedimiento puede ser grabado por la ciudadanía y por los mismos uniformados, con el ánimo de garantizar la transparencia de los casos en los que son impuestas las multas del nuevo código de Policía.

 

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Según la institución usar un celular, una cámara de video, o pedir el número de placa del uniformado, en el momento en el que impone la sanción económica, no está prohibido. De hecho es una acción apoyada por las autoridades para evitar que se presenten hechos irregulares.

Así mismo enfatizó en que aquellas personas que no estén de acuerdo con las medidas correctivas impuestas, "podrán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la imposición del comparendo ante los inspectores de policía, quienes al conocer el caso tomarán una decisión sobre el cobro".

La institución recalcó que si transcurridos seis meses desde la fecha de imposición de la multa esta no ha sido cancelada con los intereses respectivos, "la persona no podrá obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas. Tampoco podrá ser nombrado o ascendido en cargo público, ingresar a las escuelas de formación de la fuerza pública, contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado u obtener o renovar el Registro Mercantil en las Cámaras de Comercio."

Cabe resaltar que desde ahora empiezan los cobros económicos del Código de Policía y que van desde los $98 mil, hasta los $786 mil. Las multas de tipos 1 y 2, que son las más economías, ofrecen a los ciudadanos la posibilidad de cambiarlas por pedagógicas o sociales. Las multas tipos 3 y 4 pueden llegar a tener un descuento del 50 por ciento, siempre y cuando los ciudadanos la cancelen dentro de los cinco días hábiles.