Trabajadores recibirán pago extra si laboran el 1 de mayo: esto recibirán de quincena
Aunque el 1 de mayo está consagrado como un día no laboral, no todos los colombianos pueden disfrutar del descanso.

Este jueves 1 de mayo se conmemora el Día Internacional del Trabajo, una jornada que, más allá de ser un feriado nacional, tiene un profundo significado histórico y social. Esta fecha recuerda la lucha obrera iniciada a finales del siglo XIX en Estados Unidos, cuando miles de trabajadores exigieron la reducción de su jornada laboral a ocho horas, dando origen a un movimiento que se extendió por el mundo.
Colombia se une a más de 80 países que reconocen oficialmente este día como festivo nacional, en homenaje a quienes durante décadas han luchado por mejores condiciones laborales, estabilidad en el empleo, acceso a seguridad social y salarios justos.
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Aunque el 1 de mayo está consagrado como un día no laboral, no todos los colombianos pueden disfrutar del descanso. En sectores clave como la salud, seguridad, transporte público, atención de emergencias, hoteles, restaurantes y comercio, muchos empleados deben continuar prestando sus servicios.
Por eso, la legislación colombiana establece una compensación económica especial para quienes deben trabajar durante esta fecha festiva.

¿Cómo se paga el trabajo en día festivo?
El Código Sustantivo del Trabajo es claro: quien labore en un día festivo tiene derecho a recibir un recargo del 75 % sobre el valor de la hora ordinaria.
Este pago adicional es independiente del tipo de contrato (fijo, indefinido o por prestación de servicios) y aplica para cualquier actividad realizada en un festivo reconocido por ley.
¿Cuánto gana un trabajador con salario mínimo si trabaja el 1 de mayo?
Para 2025, el salario mínimo legal en Colombia se fijó en $1.423.500 mensuales, lo que significa que el valor aproximado de un día laboral es de $47.450.
Así se calcula el pago para una jornada completa en el festivo del 1 de mayo:
- Pago ordinario por día: $47.450
- Recargo festivo (75 %): $35.587
- Total a recibir por el día trabajado: $83.037
Si el empleado trabaja toda la jornada, el empleador debe pagarle ese monto adicional a su salario mensual habitual.
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Cuando el trabajo se realiza entre las 9:00 p. m. y las 6:00 a. m., se aplica un recargo nocturno del 35 % sobre la hora ordinaria. Si además se trabaja un día festivo como el 1 de mayo, ambos recargos se suman.
Así quedaría el valor por hora en este caso:
- Hora ordinaria: $5.931
- Recargo festivo (75 %): $4.448
- Recargo nocturno (35 %): $2.076
- Total por hora nocturna en festivo: $12.455
El trabajo adicional que exceda la jornada normal diaria (usualmente 8 horas) se considera hora extra y debe pagarse con otro recargo, dependiendo de si es diurno o nocturno:
- Hora extra diurna en festivo: alrededor de $15.472
- Hora extra nocturna en festivo: puede superar los $17.000 por hora
Esto significa que un trabajador que labore más de 8 horas en el 1 de mayo y además lo haga en la noche, podría recibir una suma significativa adicional en su quincena.
¿Cómo calcular el pago si se gana más del salario mínimo?
Para quienes devengan un salario superior al mínimo, el cálculo también está regulado y es sencillo:
- Divida el salario mensual entre 30 para saber cuánto gana por día.
- Divida ese resultado entre 8 (número de horas diarias).
- Multiplique ese valor por las horas trabajadas en el festivo.
- Sume el 75 % de recargo por cada hora festiva.
- Si trabajó en la noche, añada un 35 % por cada hora nocturna.