Saldos a favor en la Dian: ¿cuánto tiempo tiene para reclamarlos?

Los contribuyentes que han presentado la declaración de renta y tienen saldo a favor podrán hacer el proceso con estas condiciones.
Saldo a favor con la DIAN
Saldo a favor con la DIAN Crédito: Freepik / DIAN

En medio del calendario tributario, algunos contribuyentes detectan un saldo a favor en sus declaraciones de renta. No obstante, este tiene un plazo legal para ser reclamado.

De acuerdo con la DIAN, normalmente es de dos años, contados desde el vencimiento del término para declarar. Sin embargo, puede extenderse hasta cinco años si el saldo proviene de un pago en exceso o indebido.

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¿Qué es un saldo a favor?

El saldo a favor surge a partir de la liquidación del impuesto y corresponde al valor que queda en beneficio del contribuyente. Esto puede generarse por exceso en la retención en la fuente, por anticipos o por arrastre de saldos de periodos anteriores.

Este tipo de saldo se rige por la norma que fija el plazo para solicitar la devolución o la compensación. En cambio, cuando el saldo se origina por un exceso en el pago o por un pago errado en la declaración, el reclamo no se limita a un término corto, sino que se ajusta al plazo de la acción ejecutiva previsto en el Código Civil, que corresponde a entre dos y cinco años.

DIAN
La reforma tributaria aumenta el impuesto de renta a todas las personas con ingresos superiores a 1.700 UVT.Crédito: Colprensa

¿Quiénes deben reclamar su saldo a favor antes de los dos años?

De acuerdo con el Estatuto Tributario y la DIAN, las solicitudes de devolución o compensación de saldos a favor deben realizarse dentro de los dos años posteriores a la fecha de vencimiento del término para declarar. Es fundamental que las personas tengan en cuenta el día en que venció el plazo legal y no la fecha en la que presentaron la declaración.

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¿Quiénes deben reclamar su saldo a favor antes de los cinco años?

Cuando el saldo a favor se origina por un pago indebido o en exceso, el tiempo de prescripción de la acción ejecutiva es de cinco años, contados desde la fecha en la que se realizó el pago. Así lo establece el Decreto 1625 de 2016, que remite al artículo 2536 del Código Civil.

Declaración de renta
Miles de colombianos deberán declarar renta durante septiembre, dependiendo de los dígitos en los que termine su cédula o NIT.Crédito: Colprensa

¿Cómo tramitar la devolución del saldo a favor con la DIAN?

Para adelantar el proceso de devolución, la DIAN solicita diligenciar el formulario oficial 010, junto con los soportes requeridos por la entidad.

La entidad dispone de un plazo de 15 días para dar respuesta a la solicitud. No obstante, en algunos casos la respuesta puede tardar más, según lo establecido en la normativa.

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Si el proceso no se realiza dentro de los tiempos indicados por la DIAN, el saldo a favor no podrá ser reclamado. Asimismo, confundir la fecha de inicio del cómputo con la fecha de presentación de la declaración puede ocasionar la pérdida del derecho.

Es indispensable enviar los soportes exigidos, ya que permiten dar trámite a la devolución del dinero. De lo contrario, se pueden generar retrasos en el procedimiento.


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