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Quedó listo el calendario para el pago de impuestos en 2017

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció el calendario para la declaración y el pago de impuestos por parte de los colombianos durante el 2017.

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Actualizado:
Miércoles, Diciembre 28, 2016 - 04:26
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En el caso del impuesto de Renta, en el que se incluyen los empleados, trabajadores por cuenta propia y las demás personas naturales, los vencimientos para que cumplan con la obligación de declarar y pagar comenzarán el 9 de agosto y terminarán el 19 de octubre de 2017.

El organismo recordó que este proceso se debe realizar, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).

Para el caso de los grandes contribuyentes, el plazo para pagar el valor de la primera cuota (de 3), se cumplirá entre el 8 y 21 de febrero; para la segunda será entre el 11 y el 23 de abril; y la tercera deberán pagarla entre el 8 y 23 de junio de 2017.

Por su parte, las personas jurídicas y demás contribuyentes deberán cumplir con la primera cuota de esta obligación, entre el 11 de abril y el 11 de mayo, mientras que el otro porcentaje del impuesto a cargo, deberán pagarlo entre del 8 al 22 de junio del próximo año.

-Impuesto sobre la Renta para la Equidad - CREE-

En este caso, el plazo la declaración Impuesto sobre la Renta y para la Equidad CREE y para cancelar (en dos cuotas iguales el valor por concepto de este impuesto y el anticipo de la sobretasa al impuesto sobre renta para la equidad CREE), vence del 11 al 26 de abril (para la primera cuota) y del 8 al 22 de junio de 2017 (para la segunda cuota).

En cuanto al impuesto a la riqueza, el plazo para presentar la declaración del impuesto y para cancelar el tributo vence del 9 al 22 de mayo (primera cuota) y entre el 8 y el 21 de septiembre de 2017 (segunda cuota).

-Activos en el Exterior-

Para este caso, los plazos para presentar la declaración anual de activos en el exterior, vencen en las siguientes fechas:

Grandes contribuyentes: del 11 al 26 de abril según el último dígito del NIT.

Personas Jurídicas: del 11 de abril al 11 de mayo de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.

Personas Naturales: del 9 de agosto al 19 de octubre de 2017 de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.