La costosa multa que tendrán que pagar cientos de bogotanos por retrasos de importante impuesto

El Distrito anunció que ha hecho buen recaudo de impuestos pese a que hay un 8% que no lo hicieron dentro del tiempo establecido.
Recaudo del Impuesto Predial Unificado
Recaudo del Impuesto Predial Unificado. Crédito: Imagen suministrada

El pasado viernes 14 de julio venció el plazo para pagar el impuesto predial sin descuento. Este pago se podía hacer de manera virtual en la página de la Secretaría de Hacienda de Bogotá o descargando el recibo y dirigiéndose a una entidad bancaria.

Según las cifras que arrojó el Distrito, al momento se alcanzó el 92% de la tributación, por lo que esto equivale a un total de 3,9 billones de pesos que servirán como inversión para mejoras en la ciudad.

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No obstante, muchas personas se vieron colgadas, por lo que se espera que el 8% restante cumpla con este pago en extra-fecha, pese a que esto acarrea algunas sanciones.

Juan Mauricio Ramírez, quien es el secretario de Hacienda de la ciudad, contó que el tener estas cifras “confirman una buena cultura tributaria con la que cuenta la ciudad, lo cual permite apalancar programas sociales, de infraestructura y económicos”.

Así las cosas, también confirmó que habrá estrictas multas para aquellos que no pagaron dentro del tiempo estipulado. Por eso, los que paguen por extemporaneidad tendrán una sanción económica del 15% mensual, que será un retraso por el impuesto al cargo, sin exceder el 100% total del pago y tampoco menos a la sanción vigente.

Tenga presente que esto es variable según el estrato de los precios y se distribuirán así:

  • Las personas que son estrato 1 y 2 les hará referencia a la Unidad de Valor Tributario 4, por lo que el excedente después de la fecha será de $170.000.
  • Para aquellos que están evaluados en estrato 3 y 4 les hará referencia a la Unidad de Valor Tributario 5, y de esta manera, les tocará pagar un excedente de $212.000.
  • Si el predio es estrato 5 y 6 esto hará referencia a la Unidad de Valor Tributario 6 por lo que el dueño deberá hacer un pago de $297.000 adicionales.

En dado caso que los predios no se incluyan en casos anteriormente mencionados, la entidad comentó que aplicarán sanciones mínimas de siete unidades al valor tributario.

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Es decir, que se aplicará menos del 10% del valor mayor, ya que el incremento se hace después de hacer la verificación y también teniendo en cuenta la declaración inicial, por lo que la corrección que se haga sea efectiva antes de la declaración.


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