Colombia y Brasil suscriben pacto contra la corrupción y el soborno internacional

Con la suscripción de un memorando de entendimiento, los Gobiernos de Colombia y de Brasil se comprometieron a cooperar en la lucha contra prácticas ilícitas que involucren a empresas privadas.
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La Superintendencia de Sociedades de Colombia y la Contraloría General de la Unión de la República Federativa de Brasil, adscrita al Ministerio de la Transparencia, suscribieron un acuerdo de intercambio de información para investigar y sancionar la corrupción y el soborno internacional.

Según el memorando de entendimiento, construido por las autoridades de ambos estados, “las instituciones que representan comparten un interés común en lo referente a la adopción de una política integral para prevenir y combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros, así como otros actos de corrupción”.

El texto del documento también señala que “son necesarias e importantes la comunicación y la cooperación mutua, pronta y eficaz, mediante el uso de los instrumentos jurídicos vigentes en ambos países”.

Según el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, “el intercambio de información y la cooperación recíproca son instrumentos valiosos y eficaces en la lucha con los flagelos de la corrupción y el cohecho, teniendo en cuenta que se han convertido en fenómenos transfronterizos, que implican un desafío para la comunidad internacional”.

El acuerdo establece además “la imperativa sujeción a las disposiciones de los acuerdos multilaterales y bilaterales vigentes de los que son parte los Estados de las Instituciones Firmantes, particularmente la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción”.

Mecanismos

El documento firmado por el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar y el ministro de la Transparencia y la Contraloría General de la Unidad, Wagner De Campos Rosario, tiene como objeto “establecer un mecanismo de asistencia mutua e intercambio de información para efectos de facilitar la investigación y sanción de cualquier persona jurídica domiciliada en la República de Colombia o en la República Federativa del Brasil, que haya participado en la comisión del delito o infracción administrativa de cohecho de servidores públicos extranjeros”.


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