Bancos deberán informar a clientes los servicios que podrán acceder de forma gratuita

Las entidades financieras deberán notificar a sus clientes sobre los servicios bancarios a los que podrán acceder de forma gratuita.
Foto de referencia de tarjetas de crédito
Foto de referencia de tarjetas de crédito Crédito: Colprensa

La Superintendencia Financiera de Colombia emitió una circular en la cual se establecen los medios que deberán usar las entidades bancarias, para informar a sus clientes a que servicios podrán acceder de forma gratuita, por el pago de la cuota de manejo de las tarjetas de crédito o la cuenta de ahorros.

En el documento se indica que en los próximos días los establecimientos bancarios tendrán que enviar a los usuarios dos mensajes, en los que se informe los tres servicios bancarios a los que tienen derecho de acceder de forma gratuita, como transferencias, retiros, entre otros.

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Esta comunicación podrá ser dada a conocer a través de una carta, correo electrónico, mensaje de texto, una llamada e incluso en el próximo extracto bancario, el organismo de control advierte que si el usuario no es informado puede presentar una queja.

“En el evento en que las entidades vigiladas hayan realizado cobros por alguno de los productos y/o servicios informados a los consumidores financieros como productos y servicios sin costo adicional, aquellas entidades vigiladas deben reversar dichos cobros a los consumidores financieros dentro de los 5 días hábilessiguientes a la expedición de la presente Circular”, indica la entidad.

Adicionalmente,en la circular se advierte que ningún banco podrá cobrar a sus clientes por consultar sus extractos a través de medios digitales, como la página web o la aplicación, tampoco por transacciones fallidas, pues fueron tipificadas como prácticas abusivas y en caso de que una entidad financiera incumpla la norma será multada.

La Superintendencia Financiera aclaró quees el banco, y no el usuario, el que elige cuáles servicios están incluidos en la cuota de manejo, además, la entidad puede cambiar esa lista según su criterio.

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Finalmente, el organismo de control señaló quepara cambiar la lista de servicios financieros incluidos el banco debe informar a sus clientes con 15 días de anticipación.


Superintendencia de Industria y Comercio

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