Suspenden seis sedes de secretaría de Transporte de Cundinamara

La Superintendencia de Transporte evidenció maniobras presuntamente irregulares y fraudulentas.
Suspenden seis sedes de la secretaría de Transporte de Cundinamarca.
Suspenden seis sedes de la secretaría de Transporte de Cundinamarca. Crédito: Supertransporte

La Superintendencia de Puertos y Transporte suspendió por seis meses las funciones de Centros Integrales de Atención (CIA) que viene prestando en seis sedes operativas municipales la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, luego de comprobar irregularidades normativas que afectan el proceso de certificación de cursos sobre normas de Tránsito, con los cuales se otorgan descuentos en el pago de infracciones en La Calera, Zipaquirá, Villeta, Cáqueza, El Rosal y Chocontá.

La entidad de control evidenció que, frente a la ausencia de organismos de Tránsito en estos seis municipios, el Departamento viene cumpliendo con la obligación de asumir estas responsabilidades administrativas y operativas; no obstante, se concluyó que estas sedes operativas incumplen con algunos requisitos obligatorios para prestar este servicio, tales como:

  • No tener instalaciones adecuadas para realizar pruebas de alcoholemia
  • No contar con sistema de identificación biométrica en las aulas que funcionaban como CIA
  • No cumplir con los procesos de identificación de los asistentes a los cursos
  • Violaciones que facilitan los fraudes y suplantaciones en los cursos

“Las visitas de inspección permitieron evidenciar que algunas de estas sedes tampoco cargaron oportunamente al Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) la relación de certificados de meses anteriores, con lo cual se dejaron de validar correctamente estos documentos para garantizar que no fueran expedidos de forma irregular”, sostuvo el superintendente Javier Jaramillo.

Otro hallazgo de la entidad tiene que ver con la tercerización indebida de las funciones administrativas y operativas que como CIA le correspondía asumir exclusivamente a la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, ya que la Ley 1702 de 2013 impide que los Organismos de Apoyo al Tránsito (o quienes cumplan sus funciones) “faciliten a terceros los documentos, equipos o implementos destinados al servicio o permitir el uso a aquellos de su razón social a terceros”, esto para evitar que empresas no habilitadas por el Ministerio de Transporte incurran en conductas ilegales que afecten indirectamente la calidad del servicio en estos centros.

Jaramillo señaló que las autoridades departamentales de Transporte que asumen la responsabilidad de prestar el servicio administrativo de Tránsito en municipios que no lo tienen, deben ejercer un estricto control sobre todos los trámites que allí se realizan, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas y no permitir que se presenten irregularidades que perjudiquen el buen funcionamiento del Tránsito y del Transporte en los municipios.

La Supertransporte advirtió que esta sanción no afecta los demás trámites –diferentes a los cursos sobre normas de Tránsito– que se realizan en estas sedes operativas, y señaló que los ciudadanos de estos seis municipios que necesiten realizar dichos cursos pueden hacerlo en cualquier otro CIA.


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