Rectificación Sentencia Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá caso Jorge Hilario Estupiñan Carvajal

Rectificación Sentencia Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá caso Jorge Hilario Estupiñan Carvajal.
Archivo La FM
Crédito: La FM

RCN Y EL PROGRAMA LA F.M – Emisora 94.9 MHz se permite informar a la opinión pública

1.- Que en sentencia proferida por en el proceso verbal promovido por JORGE HILARIO ESTUPIÑAN CARVAJAL, DIANA CAROLINA Y BRAYANT FELIPE ESTUPIÑÁN VASQUEZ Y HELEN JUDITH VASQUEZ CAMPOS, contra la periodista VICTOTRIA EUGENIA ´DÁVILA y RCN, se profirió sentencia el 15 de octubre de 2020 por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, en la que se declaró civilmente responsable a los demandados por la información difundida en el programa radial transmitido el 14 de mayo de 2014.

2.- En la parte resolutiva de ese fallo se ordenó a los demandados que “ rectifiquen la información transmitida el 14 de marzo de 2014 sobre el demandante JORGE HILARIO ESTUPIÑAN CARVAJAL a que se ha hecho referencia en esta providencia, en espacio de radio del mismo horario en que la noticia fue emitida, haciendo énfasis en la inexactitud que se transmitió en tal calenda, además de la presión en que incurrió la periodista al solicitar el retiro del Coronel demandante y se le ordena difundir el contenido de esta decisión”.

3.- RCN para los solos fines de dar cumplimiento al citado fallo del Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, RECTIFICA lo que a través del noticiero radial LA F.M se emitió respecto de JORGE HILARIO ESTUPIÑAN CARVAJAL el día 14 de mayo de 2014, y en consecuencia acata la orden del fallo acerca de que se emita una nueva noticia en el mismo horario en el que fue emitida la información del 14 de mayo de 2014, informando que la misma, a juicio del Tribunal Superior de Bogotá Sala Civil, fue inexacta, como también que la periodista, según la misma providencia del Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, ejerció presión para solicitar el retiro del Coronel JORGE HILARIO ESTUPIÑAN CARVAJAL.
4.- Asimismo, RCN en cumplimiento de lo dispuesto por el fallo del Tribunal Superior de Bogotá Sala Civil, en el sentido de difundir la integralidad de la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil del 15 de octubre de 2020, informa que el texto íntegro de esta decisión ha sido colgado en la página web de RCN- La FM, y que permanecerá allí todo el día en el que se emita la nueva información. De igual manera, RCN – La FM en aras de proporcionar contexto a quienes estén interesados en leer tal determinación, informa que también ha publicado en el día de hoy en su página web la sentencia del Juzgado 46 Civil del Circuito de Bogotá que en primera instancia exoneró a los demandados, como también las sentencias de tutela proferidas por la sala Civil y la Laboral de la Corte Suprema de Justicia y los salvamentos de voto, a efectos de que el público en general pueda acceder a esta información de manera integral

5.- En los anteriores términos RCN- La FM informa que si bien ha cumplido el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, en el sentido de emitir una nueva noticia referida a la transmitida el 14 de mayo de 2014 sobre JORGE HILARIO ESTUPIÑAN CARVAJAL “haciendo énfasis en la inexactitud que se transmitió en tal calenda, además de la presión en que incurrió la periodista al solicitar el retiro del Coronel demandante y se le ordena difundir el contenido de esta decisión”, en todo caso aclara a la opinión pública lo siguiente:

5.1. Que RCN – La FM no ha sido responsable de los contenidos noticiosos, porque ello implicaría una censura a la libertad de prensa, y, por tanto, no está en capacidad de desmentir ni confirmar la información difundida el 14 de mayo de 2014 por la periodista VICTORIA EUGENIA DÁVILA, la cual sin embargo ha rectificado en los términos impuestos por el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, sin que estos sean compartidos por RCN.

5.2. Que el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, Sala Civil, del 15 de octubre de 2020 fue cuestionado mediante acción de tutela ante la Sala Civil de la H Corte Suprema de Justicia, autoridad que amparó los derechos fundamentales de RCN y la periodista VICTORIA EUGENIA DÁVILA, en cuanto consideró que sus derechos al debido proceso fueron violados por la sentencia que los declaró civilmente responsable. Esta providencia fue revocada por la mayoría de la Sala Laboral, con los salvamentos de voto de dos de sus magistrados, y en este momento se encuentra en proceso de surtirse si es seleccionada o no para su revisión en la Corte Constitucional.

Bogotá, mayo 12 de 2021 - 9:30 am


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