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Ponente de Ley de eutanasia se pronuncia ante negación a procedimiento de Martha Sepúlveda

"El derecho a morir dignamente es una decisión individual", aseguró el congresista Juan Fernando Reyes Kuri.

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Actualizado:
Martes, Octubre 12, 2021 - 13:51
Martha Sepúlveda
Martha Sepúlveda
Martha Sepúlveda

Luego de que el Instituto Colombiano del Dolor negara la eutanasia a Martha Sepúlveda, la primera paciente con una enfermedad no terminal que moriría este domingo, el representante a la Cámara y ponente del proyecto de Ley que busca regular el procedimiento, Juan Fernando Reyes Kuri, rechazó la decisión.  

Es el colmo que la IPS le haya negado el procedimiento de eutanasia a Martha Sepúlveda. El derecho a morir dignamente es una decisión individual, nadie, mucho menos el Estado, debe intervenir en ella”, dijo Reyes Kuri.  

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En ese sentido, el congresista instó al Ministerio de Salud a que lo más pronto posible emita una resolución que reglamente la eutanasia con las condiciones que la Corte Constitucional determinó recientemente para pacientes no terminales y además insistió en que es necesario que el Congreso de la República saque adelante la Ley.  

“El Ministerio nada que saca la resolución que oficializa la sentencia de la Corte y el Congreso se niega constantemente a sacar una Ley que garantice nuestros derechos”, agregó.  

Adicionalmente, el autor manifestó que “el Estado debe respetarle el derecho a cada persona a definir su proyecto de vida, con el único límite de los derechos de los demás y el orden jurídico. Además, nadie le puede imponer a otro su visión del mundo, ni religiosa, ni moral”.  

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Todos debemos tener el derecho a tomar decisiones libres e informadas que solo nos afecten a nosotros”, reiteró el autor del proyecto.  

Ante la decisión, el Ministerio de Salud se pronunció sobre la cancelación del procedimiento de la eutanasia de Martha Liria Sepúlveda por parte del Instituto Colombiano del Dolor en Medellín. Aseguró que hasta la fecha, en el país no se han realizado eutanasias que no cumplan los requisitos.   

Además, esa entidad señaló que sobre el fallo de la Corte aún no ha sido notificada si se puede realizar o no este procedimiento en Colombia.   

Fuente:
Sistema Integrado de Información