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Ningún empleado puede ser despedido por contagiarse de Covid-19: Mintrabajo 

El Gobierno le pone freno a los empleadores que vulneran derechos de empleados, bajo el argumento de la pandemia.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Marzo 10, 2021 - 08:30
Trabajador estresado
Los expertos sugieren buscar ayuda se sienten que están padeciendo de estrés crónico o algún otro trastorno.
Pexels

Mediante una circular, el Ministerio de Trabajo estableció que ningún trabajador puede ser despedido por resultar positivo de Covid-19; además, señaló que ningún trabajador o aspirante a un empleo está obligado a presentar prueba negativa de Coronavirus.

El documento, firmado por el ministro Ángel Custodio Cabrera, le hace un llamado a los empleadores para evitar que se sigan vulnerando sus derechos, bajo el argumento de la pandemia.

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“Para el inicio de la relación laboral no le es permitido al empleador exigir que un aspirante a ocupar un puesto de trabajo, presente una prueba o test de la covid-19”, señaló.

Agregó que tampoco puede exigirse la prueba PCR o de Antígeno, un requisito para vincularse a una empresa. “No puede considerarse una prueba o examen médico como un requisito para contratar o mantener un empleo”, sostuvo.

“Cuando la protección de la persona y de la comunidad, así como las condiciones de seguridad y salud en el trabajo lo requieran, el empleador, bajo su responsabilidad y costo, podrá remitir al trabajador ante el personal idóneo para que sea efectuada la prueba covid-19, sin que el resultado de esta pueda ser utilizado como causal para terminar la relación laboral”, afirmó.

Estableció el Ministerio de Trabajo que si un empleador –por seguridad- quiere realizar pruebas Covid, entre sus trabajadores, tiene que cubrir el costo de las mismas.

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La circular establece que el resultado de la prueba no debe constituir una razón que afecte negativamente la relación laboral. “Este resultado debe motivar al empleador a tomar medidas de protección y apoyo para evitar cualquier forma de discriminación”, se indica.

En el documento se recalca que el empleador, ante la presencia de algún síntoma del trabajador, puede remitirlo al personal idóneo para la realización de la prueba, cubriendo todo los gastos que se ocasionen.

“El empleador debe poner en conocimiento del aspirante dicha circunstancia debidamente fundamentadas sin que ese hecho obstaculice el proceso de contratación o continuación del empleo”, puntualizó.

Fuente:
Sistema Integrado de Información