MinSalud no cumplirá fallo que ordena pruebas PCR a viajeros internacionales

Así lo afirmó el ministro Fernando Ruiz.
Aeropuerto El Dorado ofertará vuelos nacionales a partir del 01 de septiembre
Aeropuerto El Dorado ofertará vuelos nacionales a partir del 01 de septiembre Crédito: Inaldo Pérez

El ministro de Salud, Fernando Ruíz, en el habitual programa de ‘Prevención y Acción’, señaló que el Gobierno no cumplirá el fallo que ordena exigir la prueba de PCR a todos los viajeros internacionales que ingresen a Colombia.

“Para las personas que están viajando a Colombia queremos decirles que mientras toda esta situación surta todo el proceso legal, podrán seguir viniendo a Colombia sin tomar prueba PCR y sin cuarentena obligatoria de 14 días”, dijo el ministro Ruiz.

De acuerdo con el funcionario, esta decisión se tomó porque la orden del juzgado once administrativo de oralidad del circuito de Bogotá afecta la estrategia sanitaria y de contención de la epidemia que el Gobierno ha realizado durante el presente año y que, además, ha sido sustentada ante un Conpes. Asimismo, por la limitación que genera sobre la autoridad sanitaria.

En contexto: Gobierno sí deberá exigir pruebas PCR a viajeros internacionales

Por su parte, el presidente Iván Duque al respecto señaló: “El argumento es la imposibilidad porque es una medida contraria a la decisión científica, soportada y sustentada”. Según el mandatario, el no pedir la prueba PCR a viajeros internacionales también obedece a criterios evolutivos en la forma como se ha enfrentado la pandemia

“Aquí no hay ningún interés distinto al de seguir avanzando con una estrategia que le mantenga al país la protección de la vida y la salud, que mantenga una reactivación segura acorde con los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud”, cerró diciendo el Presidente.

Cabe recordar que el fallo del juzgado, emitido este jueves, dice que los viajeros deben presentar las pruebas con resultado negativo para poder ingresar al territorio nacional.

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"Ordenar la suspensión inmediata de la modificación efectuada en el artículo 1 de la Resolución No 1972 del 04 de noviembre de 2020, respecto a la no exigencia, previo al embarque del país de origen la prueba PCR con resultado negativo, proferido por el Ministerio de Salud y Protección Social y se exija como requisito de ingreso al país, certificado de la prueba PCR con resultado NEGATIVO, para el virus Covid-19", precisa el fallo.

Además, señala que los viajeros, una vez este en territorio colombiano, deben guardar una cuarentena obligatoria de 14 días en el lugar de alojamiento.


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