Breadcrumb node

EPM asegura que no ha recibido notificación sobre embargo de cuentas en caso Hidroituango

Según dijo la compañía, “EPM no es parte en tales procesos y no ha recibido notificación, ni se le han embargado sus cuentas”.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Abril 21, 2021 - 11:44
epm_colprensa.jpg

Empresas Públicas de Medellín (EPM) respondió, a través de un comunicado, al embargo de las cuentas bancarias de las constructoras de Hidroituango por parte Contraloría General, en medio del proceso de responsabilidad fiscal adelantado por el ente de control, en el que se relacionan como presuntos responsables.

Según dijo la compañía, “EPM no es parte en tales procesos y no ha recibido notificación, ni se le han embargado sus cuentas”.

Le puede interesar: Caso Hidroituango: embargan cuentas a consorcio encargado de construcción

La compañía precisó en el comunicado que “en este momento no está en capacidad de informar si tales medidas tienen algún efecto para la empresa o para el proyecto”.

Es de mencionar que la Contraloría inició embargos a las cuentas de compañías constructoras de Hidroituango, como Integral y Conconcreto, por el presunto detrimento patrimonial de 4 billones pesos en el proceso de responsabilidad fiscal de esta hidroeléctrica.

En el auto No. MC061, el organismo ordena “decretar el embargo y retención de los dineros depositados o que lleguen a depositarse en las cuentas bancarias de titularidad de Integral S.A., con NIT 890.903.055-1, hasta por la suma de cuatro billones doscientos treinta mil millones de pesos ($4.230.000.000.000) m/cte”.

Lea también: Por asesinato de gobernadora indígena, Procuraduría comenzó acciones preventivas

El Despacho de la Contralora Delegada Intersectorial No. 9 de la Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción de la Contraloría General  con fecha del 12 de abril señaló que “se procede a decretar medidas cautelares sobre las cuentas bancarias y bienes inmuebles de Integral S.A”.

Según el organismo de control, se pudo “determinar que la responsabilidad fiscal tiene por objeto el resarcimiento de los daños causados al patrimonio del Estado, como consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de quienes realizan gestión fiscal o de servidores públicos o particulares que participen, concurran, incidan o contribuyan directa o indirectamente en la producción de los mismos y dicho resarcimiento se realiza mediante el pago de una indemnización pecuniaria que compense el daño sufrido por la entidad Estatal”.

Fuente:
Sistema Integrado de Información