CNE investiga al Partido MIRA por hacer encuesta en la que senadora se basó para rechazar reforma laboral

La colectividad votó negativo el proyecto con base en los resultados de esta medición que hizo con la ciudadanía.
Senadora Ana Paola Agudelo, del partido MIRA
Crédito: Ana Paola Agudelo, en X

El Consejo Nacional Electoral (CNE) está evaluando una demanda que llegó en contra del partido cristiano MIRA, por haber realizado una encuesta en el marco de la discusión de la reforma laboral en la Comisión Séptima el Senado

Los resultados de este sondeo fueron cruciales para que la colectividad, a través de la senadora Ana Paola Agudelo, tomara la decisión de apoyar el hundimiento de la iniciativa del Gobierno.

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El demandante alega que la medición se hizo sin el cumplimiento de los requisitos legales, que establecen que las firmas encuestadoras deben estar inscritas en ese tribunal electoral, para poder realizar mediciones.

Por estos hechos, el CNE debió abrir una investigación preliminar, para determinar si se incurrió en alguna irregularidad por parte de esa colectividad.

“Avocar conocimiento y abrir indagación preliminar por la presunta vulneración de la Ley 130 de 1994, y los artículos 4, 5 y 7 de la Resolución Nº. 23 de 1996, de conformidad con el derecho de petición remitido a esta Corporación”, indica el auto emitido por la magistrada Maritza Martínez.

En el documento, se advierte que fue el propio partido Mira el que realizó el sondeo e invitó a la gente a contarle su opinión sobre la reforma laboral, pero “la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral verificó el Registro Nacional de Encuestadores y constató que el partido político MIRA no figura inscrito ante esta Corporación como entidad encuestadora”.

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La investigación preliminar que se abrió, según se dice el auto, es para “establecer si hay mérito para iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio por la presunta vulneración del régimen de encuestas y sondeos políticos-electorales previsto en la Ley 130 de 1994, y los artículos 4, 5 y 7 de la Resolución Nº. 23 de 1996 por parte del partido político MIRA”.

En el mismo auto, el Consejo Nacional Electoral solicitó al representante legal del MIRA para que en un plazo de cinco días se pronuncie sobre esta acción que se presenta en su contra.


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