Asistencia militar es temporal: Defensoría a gobiernos

La entidad instó a los gobiernos a que, en ejercicio de sus competencias tengan, en cuenta algunas medidas.
Policía Militar Colombia
Crédito: AFP

La Defensoría del Pueblo exhortó a los gobiernos Nacional, departamentales, distritales y municipales como encargados del ejercicio de la función de la Policía y de garantizar en sus respectivas circunscripciones territoriales los derechos de la población, al despliegue de todas las acciones necesarias para respetar y posibilitar el ejercicio de la manifestación pública y mantener las condiciones de convivencia en el marco de actos o manifestaciones.

En particular, la entidad instó a los gobiernos a que, en ejercicio de sus competencias tengan en cuenta algunas medidas.

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Reiterar públicamente y por conducto de los instrumentos jurídicos procedentes la prohibición del porte y uso de armas traumáticas por parte de particulares en el marco de las manifestaciones públicas.

Pide que expidan los actos procedentes para restringir, conforme a derecho, la comercialización, porte y uso de armas traumáticas.

Que las autoridades de Policía y demás integrantes de la Fuerza Pública actúen con la debida diligencia y propendiendo siempre por la protección de los derechos humanos, de tal forma que, se realice con pleno respeto de las garantías. Se capture en flagrancia y en particular cuando dichas amenazas se hagan con cualquier tipo de armas.

La Defensoría instó a las autoridades públicas para que, con ocasión de los actos o conductas que afecten los derechos humanos y que sean cometidas por parte de servidores públicos o por agentes de la Fuerza Pública en el contexto del paro.

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Igualmente, pide que se garantice la reparación integral en favor de las víctimas de actos de vulneración de derechos humanos durante la protesta y a que se adopten medidas para las garantías de no repetición.

De igual manera, reiteró a las autoridades con competencias que resuelvan implementar la figura de asistencia militar, que, ese medio material de la Policía es de carácter excepcional, temporal, condicionado y no modifica la naturaleza de la función de la Policía.

Además, la Defensoría reiteró a las autoridades que la intervención de los funcionarios de las Fuerzas Militares en operativos de control y de contención de manifestaciones sociales se encuentra constitucionalmente prohibida.

La Defensoría del Pueblo continuará con la revisión de elementos de dotación e identificación del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) en el marco de las manifestaciones públicas y eventos privados.

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Adicionalmente, señaló que está prohibido que los funcionarios de la Policía Nacional utilicen armamento letal como herramienta o instrumento para la contención, mitigación o control de escenarios de violencia en medio de las manifestaciones.

La Defensoría del Pueblo pidió al Gobierno que determine las condiciones de temporalidad y las modalidades en que operará la asistencia militar con el fin de garantizar que la misma opere de manera excepcional y temporal

Por otra parte, en relación con capturas que hayan sido declaras ilegales, pidió a la Procuraduría, Fiscalía y a la Inspección General de la Policía para que inicien las investigaciones correspondientes.

Esa entidad concluyó diciendo que deben cesar, de inmediato, las medidas tendientes a neutralizar o inmovilizar a la persona que esté en manos y a disposición de las autoridades.


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