Así funcionará el Pico y Placa en Bucaramanga este jueves 12 de junio de 2025: evite multas

El Pico y Placa en Bucaramanga aplica según el último dígito de la placa, y rota durante los cinco días hábiles de la semana.
Pico y Placa en Bucaramanga
Pico y Placa en Bucaramanga para este jueves 12 de junio de 2025 Crédito: Dirección de Tránsito de Bucaramanga

Desde el 1 de abril de 2025 entró en vigor una nueva rotación del Pico y Placa en Bucaramanga, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 790 de 2024, con el objetivo de mejorar la movilidad y reducir la congestión vehicular durante los días hábiles y los sábados.

¿Cómo funcionaba del Pico y Placa en Bucaramanga?

El sistema se basa en un esquema de rotación trimestral, tomando como referencia el último dígito de la placa del vehículo. De lunes a viernes, dos dígitos diferentes se restringen en cada uno de estos días. Durante el primer trimestre de 2025, la distribución fue:

  • Lunes: placas terminadas en 9 y 0
  • Martes: placas terminadas en 1 y 2
  • Miércoles: placas terminadas en 3 y 4
  • Jueves: placas terminadas en 5 y 6
  • Viernes: placas terminadas en 7 y 8.

Por otra parte, la restricción para vehículos particulares funcionaba entre las 6:00 a. m. y las 8:00 p. m. de lunes a viernes, y los sábados entre las 9:00 a. m. y la 1:00 p. m. En el caso de los taxis, el horario era de 7:00 a. m. a 9:00 p. m.

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Rotación vigente para el segundo trimestre de 2025

La Resolución 790 de 2024 no contempla cambios en el esquema de rotación trimestral y los horarios de restricción. Para el segundo trimestre del año, la asignación por días queda de la siguiente manera:

  • Lunes: placas terminadas en 7 y 8
  • Martes: placas terminadas en 9 y 0
  • Miércoles: placas terminadas en 1 y 2
  • Jueves: placas terminadas en 3 y 4
  • Viernes: placas terminadas en 5 y 6.

Con estas disposiciones, el Pico y Placa en Bucaramanga para el jueves 12 de junio de 2025 aplica para los vehículos con placas terminadas en 3 y 4, en un horario de 6:00 a. m. a 8:00 p. m. En cuanto a los taxis, la restricción rige para aquellos cuyas placas finalicen en 9 y 0, desde las 7:00 a.m. hasta las 9:00 p.m.

Vehículos exentos de la medida

Existen algunos vehículos que no están sujetos a la restricción; por lo tanto, no necesitan de algún permiso en especial para poder circular. Estos son:

  • Vehículos destinados a servicios funerarios.
  • Automóviles pertenecientes a miembros del gabinete municipal y departamental.
  • Vehículos eléctricos debidamente matriculados.
  • Transporte público de pasajeros.
  • Vehículos oficiales, de emergencias y operativos, tales como los de caravanas presidenciales, bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil y recolección de residuos.
  • Automotores de la Fuerza Pública.
  • Vehículos de empresas prestadoras de servicios públicos y mantenimiento de redes.
  • Vehículos utilizados por medios de comunicación.

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El incumplimiento del Pico y Placa conlleva sanciones contempladas en el Código Nacional de Tránsito. La multa corresponde a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) y puede incluir la inmovilización del vehículo por parte de las autoridades.


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