Abogados coincidieron que la Fiscalía debe seguir con caso de indígena que linchó a conductor

Esta declaración se produjo luego de que una juez de control de garantías determinó enviar a prisión al indígena.
Hildebrando Rivera Gantiva, conductor linchado por indígenas embera
Crédito: Collage RCN Radio

Varios abogados penalistas consultados por RCN Mundo coincidieron en señalar que el proceso contra el indígena Luis Carlos García, quien fue capturado como presunto responsable del asesinato del conductor del carro compactador de basuras Hildebrando Rivera, debe seguir bajo la competencia de la justicia ordinaria.

Esta declaración se produjo luego de que una juez de control de garantías determinó enviar a prisión y remitir el expediente a la Corte Constitucional para que dirima si es la justicia ordinaria o la jurisdicción indígena la competente para continuar llevando este caso.

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El abogado Marlon Díaz aseguró que este caso no reúne los requisitos que contempla la constitución y la ley para que el proceso sea remitido a la jurisdicción indígena ya que la víctima no hacía parte de esa población y los hechos no se registraron en una población protegida.

"Aquí en el lugar donde ocurrieron los hechos no estábamos dentro de un ámbito territorial, desde el punto de vista sobre todo cultural, pero también hay otros factores como el institucional orgánico y el objetivo", dijo Díaz.

Así mismo, sostuvo que "desde el punto de vista objetivo estamos frente a la afectación de un bien jurídico que fue la vida de una persona que no pertenece a esa comunidad indígena y la respuesta es que es la jurisdicción ordinaria que debe investigar y juzgar estos hechos y no la jurisdicción especial indígena".

A su turno, el exdirector del sistema penal acusatorio de la Fiscalía, Camilo Burbano, también indicó que el conductor Hildebrando Rivera no hacía parte de ninguna comunidad indígena y se le podrían terminar vulnerando sus derechos al quitarle el caso a la Fiscalía.

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"En este caso es difícil que la jurisdicción indígena reclame la competencia porque hace falta uno de los requisitos que la Corte Constitucional ha establecido -el factor objetivo - que consiste en que la persona que fue víctima y el bien jurídico, que en este caso es la vida, tengan una relación directa con la diversidad cultural indígena que protege ese fuero especial", agregó Burbano.


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