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Día sin carro y sin moto en Bogotá: atento a todos los detalles para este jueves

Se prevé que en la ciudad dejen de circular 1.850.000 vehículos y 430.000 motocicletas.

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Actualizado:
Martes, Enero 30, 2024 - 07:40
Día sin carro y sin moto en Bogotá
Avanza la jornad del Día sin carro y sin moto en Bogotá
Cotesía

La Alcaldía de Bogotá informó que la nueva jornada del día sin Carro y sin moto en la ciudad se realizará este jueves primero de febrero, entre las cinco de la mañana y las nueve de la noche, con el propósito de reducir la contaminación y generar hábitos en la ciudadanía encaminados a la movilidad sostenible.

De acuerdo con el Distrito, se prevé que en la ciudad dejen de circular 1.850.000 vehículos y 430.000 motocicletas.

“Este día es una oportunidad para probar y descubrir medios de transporte sostenibles como caminar, la bicicleta o el transporte público, y las ventajas que su uso ofrecen tanto para la persona como para la ciudad. La sola infraestructura no modifica los hábitos de las personas, esta jornada sirve para que las personas descubran que hay otras maneras de moverse en la ciudad diferentes al carro”, señaló la secretaria de Movilidad de Bogotá, Claudia Díaz. 

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Asimismo, la funcionaria explicó que otro de los propósitos es que la ciudadanía tome mayor conciencia sobre la importancia de la movilidad sostenible, dado que no sólo contribuye en la disminución de la huella de carbono que producen los combustibles fósiles, sino que reduce el tráfico vehicular, la siniestralidad vial y los tiempos de viaje.

Cabe mencionar que durante la jornada solo podrán circular los siguientes vehículos:

● Transporte público.

● Vehículos conducidos por personas en discapacidad o para su transporte. En cualquier caso, la persona en discapacidad debe encontrarse dentro del vehículo.

● Transporte escolar.

● Vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros.

● Vehículos destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, incluyendo motocicletas.

● Vehículos de emergencia.

● Vehículos destinados al control del tráfico, incluyendo motocicletas y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad. 

● Caravana presidencial.

● Vehículos militares, de la Policía Nacional, de organismos de seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá.

● Vehículos de servicio diplomático o consular. 

● Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.

● Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección (UNP).

● Vehículos eléctricos o cero emisiones, incluyendo motocicletas.

● Carrozas fúnebres.

● Motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.

● Vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento del SITP.

● Control de emisiones y vertimientos, incluyendo motocicletas.

● Vehículos de transporte de valores.

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Entre tanto, las restricciones serán las siguientes: 

● Carros y motos particulares.

● Vehículos y motos de las escuelas de conducción.

● Vehículos con permiso de pico y placa solidario. 

● Vehículos particulares de medios de comunicación.

● Vehículos híbridos.

● Vehículos dedicados a gas.

● Taxis con pico y placa (placas terminadas en 7 y 8).

● Vehículos de carga con restricciones establecidas (Decretos 840 de 2019 y 077 de 2020).

Fuente:
Sistema Integrado de Información