SIC impone millonaria sanción a empresa de vapeo por irregularidades y cláusulas abusivas

SIC confirma sanciones a distribuidores de productos de vapeo por infracciones a derechos de consumidores.
Cigarrillos electrónicos | Vapeadores | Fumadores | Colegios | Menores | Octubre 2018
SIC confirma sanciones a distribuidores de productos de vapeo por incumplir derechos de consumidores. Crédito: AFP

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) confirmó la sanción impuesta a Inversiones Glucloud S.A.S., distribuidora de productos de vapeo, por infringir los derechos de los consumidores.

Mediante la Resolución 80067 del 17 de diciembre de 2024, se ratificó una multa de $554.480.000 debido a las múltiples irregularidades en sus prácticas comerciales.

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Según la Superintendencia, Glu Cloud incurrió en falta de información adecuada sobre la peligrosidad de los productos, el nivel de nicotina y las condiciones de entrega y promociones.

Además, se señaló la “ausencia de advertencias claras sobre la nocividad de los productos y sus contraindicaciones”. La entidad también identificó la inclusión de “cláusulas abusivas en los términos y condiciones” y el incumplimiento de obligaciones en el comercio electrónico, como brindar información suficiente y mecanismos efectivos para radicar peticiones, quejas y reclamos (PQR).

Esta decisión hace parte de una serie de sanciones recientes impuestas a comercializadores de productos de vapeo. La SIC reafirmó su compromiso con la protección de los consumidores al señalar:

  • British American Tobacco Colombia S.A.S., distribuidor de Vuse, fue multada con $1.113.600.000 por “no informar claramente sobre la nocividad de los productos y por incluir cláusulas abusivas” (Resolución 65387 de 2024).
  • Lifetech S.A.S., comercializadora de Vapor Kingdom, recibió una sanción de $120.640.000 por “no advertir los riesgos y vulnerar el derecho de retracto” (Resolución 59842 de 2024).

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  • David Arturo Lozano y Carlos Andrés Lozano Garzón, franquiciantes de Lifetech, fueron multados con $6.960.000 y $11.600.000 respectivamente, por omitir advertencias sobre la peligrosidad de los productos y proporcionar información en un idioma distinto al castellano.
  • DIY S.A.S., distribuidor de IVG y Bombo, fue sancionado con $17.400.000 por restringir garantías y aplicar cláusulas abusivas (Resolución 67427 de 2024).
  • Juan Sebastián Rodríguez, comercializador de DIY, recibió una multa de $9.280.000 por “no advertir los riesgos en el idioma oficial”.

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