¿Qué hace un Vicepresidente?

De cara a las elecciones presidenciales, ya son varios los candidatos que han definido su fórmula vicepresidencial. Estas son sus funciones.
Fachada del palacio presidencial Casa de Nariño, en Bogotá.
Fachada del palacio presidencial Casa de Nariño, en Bogotá. Crédito: AFP

Se acercan las elecciones presidenciales y aún restan candidatos por definir quiénes los acompañarán en la vicepresidencia en caso de ganar la contienda electoral, como es el caso de Gustavo Petro y Federico Gutiérrez, hasta ahora los dos aspirantes que encabezan las encuestas en las intenciones de voto del próximo 29 de mayo.

Entre tanto, Sergio Fajardo, Rodolfo Hernández, Ingrid Betancourt, Enrique Gómez y demás, ya anunciaron quiénes serán las personas que los acompañarán para ser los segundos al mando en caso de que lleguen a la presidencia y en este caso, no está de más recordar cuáles serían las funciones de Luis Gilberto Murillo (fórmula de Fajardo), José Luis Esparza (fórmula de Ingrid Betancourt) o de la excandidata presidencial Francia Márquez (en caso de que sea confirmada por Petro) si llegan a la vicepresidencia.

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Sergio Fajardo y Luis Gilberto Murillo
Crédito: Prensa Sergio Fajardo

Funciones de un vicepresidente

Actualmente quien ocupa este cargo en Colombia es Marta Lucía Ramírez, primera mujer en llegar a estas funciones y quien también se desempeña como ministra de Relaciones Exteriores.

Este año, quien llegue a la vicepresidencia, al igual que Ramírez, será por elección popular el mismo día de la primera y segunda vuelta presidencial -en caso de que llegue a darse- para ejercer el cargo durante el mismo periodo que el nuevo presidente llegue a gobernar, además de ser el encargado de reemplazarlo en caso de faltas temporales o definitivas.

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En el caso de las faltas temporales, el Vicepresidente toma posesión del cargo en la primera oportunidad y puede hacerlo las veces que sea necesario, mientras que en falta absoluta (muerte, renuncia aceptada, incapacidad física), el vicepresidente asume el cargo de la presidencia hasta el final del periodo.

A su vez, de acuerdo con el Articulo 202 "el Presidente de la República podrá confiar al Vicepresidente misiones o encargos especiales y designarlo en cualquier cargo de la rama ejecutiva. El Vicepresidente no podrá asumir funciones de Ministro Delegatario".

Finalmente, cabe señalar que en caso de que el Vicepresidente tenga falta absoluta, será el Congreso de la República el encargado de elegir su reemplazo, en una terna que presente el Presidente de la República.

Francia Márquez Y Gustavo Petro
Crédito: Cortesía

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