El Gobierno del presidente De La Espriella estableció nuevas medidas para los procesos de selección y concursos de mérito en Colombia, como parte de las disposiciones adoptadas durante la emergencia. La decisión modifica temporalmente el desarrollo de algunas convocatorias y establece qué ocurrirá con los procesos que ya están en curso.
La medida contempla aplazamientos hasta finales de 2026, además de nuevas reglas para la aplicación de pruebas y otras etapas de los concursos. La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) tendrá un papel clave para determinar qué procesos deberán suspenderse o continuar.
¿Qué cambia en los concursos de mérito en Colombia con el Gobierno de Abelardo?
El Decreto 1384 de 2026 establece un aplazamiento temporal de los procesos de selección y concursos de mérito, con el objetivo de proteger la igualdad de oportunidades de las personas que puedan verse afectadas por la emergencia.
El artículo 7 del decreto establece:
“Con el propósito de preservar la igualdad material, la igualdad de oportunidades y el acceso al empleo público con fundamento en el mérito de las personas afectadas por la calamidad, aplácense hasta el 31 de diciembre de 2026, en todo el territorio nacional los procesos de selección para proveer empleos y funcionarios públicos”.
La medida también incluye los procesos para la conformación de ternas destinadas a la designación de directores o gerentes regionales o seccionales de determinadas entidades públicas.
El decreto establece además que la CNSC podrá suspender o aplazar determinadas etapas de los procesos que ya están en curso.
Cambios en las pruebas de concuro por meritos en el Gobierno
Uno de los puntos centrales de la medida está relacionado con las pruebas y demás etapas que deben cumplir los aspirantes.
El decreto autoriza a la Comisión Nacional del Servicio Civil para suspender o aplazar aquellas actividades cuya realización pueda afectar los derechos de quienes participan en los concursos y se encuentren en lugares afectados por la tragedia.
La norma señala que podrán aplazarse:
“La aplicación de pruebas y otras etapas cuya realización pueda poner en riesgo los derechos de los participantes residentes en lugares de tragedia o afectados por la misma”.
Esto significa que el cambio no se limita a una fecha general para los concursos, sino que también permite adoptar decisiones frente a etapas específicas de los procesos que ya se encuentran en desarrollo.
CNSC deberá definir qué procesos se aplazan o continúan
El decreto establece que la Comisión Nacional del Servicio Civil deberá expedir un acto administrativo debidamente motivado para determinar el aplazamiento, suspensión o continuación de los procesos bajo su competencia.
La decisión deberá garantizar, entre otros aspectos, la publicidad, la igualdad y el mérito, además de respetar los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas.
En ese sentido, la norma establece que la CNSC deberá:
“Garantizar la publicidad, igualdad, mérito, derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas”.
La decisión sobre cada proceso deberá tener en cuenta las condiciones particulares de los participantes y las circunstancias derivadas de la emergencia.
¿Todos los concursos de mérito se aplazarán?
El mismo artículo 7 contempla una excepción para los procesos de selección y concursos adelantados por otras entidades.
De acuerdo con el decreto, no habrá aplazamiento cuando el jefe o responsable de la entidad determine, mediante una decisión motivada, que la etapa correspondiente puede desarrollarse sin afectar los derechos ni la igualdad de acceso de las personas domiciliadas, residentes o directamente afectadas en los territorios cobijados por la emergencia.
La norma también establece que, cuando una entidad pretenda iniciar un nuevo proceso de selección, el acto administrativo de apertura deberá explicar que este no afecta los derechos protegidos por la medida.
De esta manera, el decreto no establece que absolutamente todos los concursos deban detenerse de manera automática, sino que fija las condiciones bajo las cuales pueden ser aplazados o continuar.
¿Qué pasará con los concursos que ya avanzaron?
Las actuaciones que hayan sido realizadas válidamente antes de la entrada en vigencia del decreto conservarán su validez.
El artículo 7 establece expresamente que los actos que hayan sido cumplidos de manera válida antes de la expedición de la medida continuarán produciendo sus efectos.
Además, los procesos que sean aplazados deberán retomarse posteriormente desde la etapa en la que se encontraban.
El decreto establece que estos procesos:
“reanudarán a partir del 1 de enero de 2027 en la etapa en que se encontraban y por el tiempo que reste”.
Esto significa que el aplazamiento no implica comenzar nuevamente todo el concurso ni perder automáticamente las etapas que ya fueron superadas.
Cambios también para concursos de directores y gerentes regionales
La medida contempla una regla específica para los procesos destinados a conformar ternas para la designación de directores o gerentes regionales o seccionales de establecimientos públicos del orden nacional.
El decreto establece que, en caso de vacancias absolutas en departamentos incluidos en la emergencia, los directores nacionales deberán enviar al gobernador correspondiente una terna.
Cuando no sea posible realizar la designación bajo estas condiciones, la vacante podrá ser cubierta mediante encargo, según las reglas establecidas en el decreto.
El Gobierno también podrá suspender procesos que administra directamente
El decreto contempla otras medidas relacionadas con los procesos de selección.
Entre ellas, autoriza a las entidades a cargo de procesos que administren directamente a suspenderlos mediante un acto administrativo motivado cuando su continuación pueda afectar la igualdad de oportunidades, la participación efectiva de los aspirantes o la atención de la emergencia.
La suspensión podrá mantenerse hasta el 31 de diciembre de 2026, de acuerdo con las condiciones establecidas en la norma.
Por ahora, el principal cambio para quienes participan en concursos de mérito está en que el cronograma de determinados procesos puede ser modificado temporalmente por las disposiciones de la emergencia, mientras las entidades y la CNSC determinan qué etapas deben continuar y cuáles deben aplazarse.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se aplazan los concursos por merito en Colombia este 2026?
Los procesos de selección y concursos de mérito cobijados por la medida podrán ser aplazados hasta el 31 de diciembre de 2026, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Decreto 1384 de 2026.
¿Cuándo se reanudan los concursos por meritos aplazados por el Gobierno de Abelardo?
Los procesos que hayan sido aplazados deberán reanudarse desde el 1 de enero de 2027, en la etapa en la que se encontraban y por el tiempo que reste.
¿La CNSC puede suspender las pruebas de concurso de meritos este 2026?
Sí. El decreto autoriza a la CNSC para suspender o aplazar la aplicación de pruebas y otras etapas cuando su realización pueda poner en riesgo los derechos de los participantes afectados por la emergencia.