Este listado será revisado previamente por el ministro de Defensa Nacional y, posteriormente, se enviará al Secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial de Paz para su verificación y modificación.
En los beneficios está la libertad transitoria, condicionada y anticipada, y la privación de libertad en Unidad Militar o Policial.
Según el Ministerio de Defensa, dichos beneficios serán aplicados a los agentes del Estado que estén siendo procesados o hayan sido condenados por cometer conductas punibles por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado interno.