El Ministerio del Trabajo anunció que habilitó temporalmente el trabajo remoto para los servidores públicos de seis sedes territoriales afectadas por el terremoto que se registró el pasado 10 de agosto en el país.
La medida según la entidad cobija a las Direcciones Territoriales de Caldas, Chocó, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca, así como a la Oficina Especial de Buenaventura, y fue adoptada mediante la Resolución 2635 de 2026 como una acción preventiva frente a las posibles afectaciones ocasionadas por el movimiento telúrico.
De acuerdo con el Ministerio, el trabajo remoto estará habilitado hasta el 24 de agosto de 2026, periodo durante el cual se adelantarán las verificaciones técnicas y de seguridad necesarias para establecer si las instalaciones cumplen con las condiciones requeridas para el retorno de los funcionarios.
Restringen ingreso a las sedes
Como parte de la medida preventiva, el Ministerio del Trabajo determinó restringir temporalmente el ingreso a las sedes involucradas.
Solo podrá ingresar el personal cuya presencia sea considerada indispensable y que cuente con la autorización correspondiente.
La decisión tiene como principal objetivo reducir los riesgos para los servidores públicos mientras se determina el estado de las edificaciones y se establecen las condiciones de seguridad para retomar las actividades presenciales.
Sin embargo, la suspensión temporal de la atención presencial no significa la interrupción de los servicios que presta la entidad en estas regiones.
Atención a ciudadanos continuará de manera virtual
El Ministerio del Trabajo indicó que las dependencias territoriales deberán mantener habilitados sus canales virtuales, telefónicos y electrónicos, con el propósito de garantizar la continuidad, calidad y oportunidad de la atención a trabajadores, empleadores y demás ciudadanos.
De esta manera, los trámites, consultas y servicios que puedan gestionarse a través de estos mecanismos continuarán desarrollándose mientras permanecen vigentes las restricciones de acceso a las instalaciones.
El Ministerio de Trabajo explicó que la decisión busca encontrar un equilibrio entre la protección de los funcionarios y la obligación de mantener la prestación de los servicios públicos en los territorios afectados por la emergencia.
“Nuestra prioridad es proteger a nuestros servidores y garantizar que puedan cumplir sus funciones en condiciones seguras. Al mismo tiempo, mantendremos la atención a los trabajadores y ciudadanos en los territorios mientras avanzan las verificaciones de nuestras sedes”, señaló la ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes.
Una medida excepcional y transitoria
El Ministerio aclaró que la habilitación del trabajo remoto tiene un carácter excepcional, preventivo y transitorio y no implica modificaciones en las condiciones laborales de los servidores públicos.
La vigencia inicial de la medida finalizará el 24 de agosto. No obstante, si para esa fecha persisten las circunstancias que motivaron la decisión, el Ministerio realizará una nueva evaluación de las condiciones de las sedes y determinará las acciones que correspondan.
La decisión se suma a las medidas adoptadas por distintas entidades públicas para garantizar la seguridad de sus trabajadores y mantener la prestación de servicios luego del terremoto, especialmente en los departamentos que registraron afectaciones en infraestructura.
Mientras avanzan las evaluaciones técnicas, los funcionarios de las seis sedes podrán desarrollar sus labores de manera remota y las dependencias deberán mantener activos sus canales de atención para evitar que la emergencia afecte el acceso de los ciudadanos a los servicios del Ministerio del Trabajo.
Claves del tema en cuatro preguntas
¿Qué sedes del Ministerio del Trabajo tendrán trabajo remoto temporal?
La medida aplica para las Direcciones Territoriales de Caldas, Chocó, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca, además de la Oficina Especial de Buenaventura, debido a las verificaciones de seguridad que se realizan tras el sismo del 10 de agosto.
¿Hasta cuándo estará vigente el trabajo remoto?
El trabajo remoto estará habilitado hasta el 24 de agosto de 2026, mientras se adelantan las evaluaciones técnicas para determinar las condiciones de seguridad de las instalaciones.
¿Se suspenderá la atención a los ciudadanos?
No. Aunque el ingreso a las sedes estará restringido de manera preventiva, las dependencias deberán mantener activos sus canales virtuales, telefónicos y electrónicos para garantizar la continuidad de los servicios y la atención a trabajadores y ciudadanos.
¿La medida modifica las condiciones laborales de los servidores?
No. El Ministerio del Trabajo aclaró que se trata de una medida excepcional, preventiva y transitoria que no modifica las condiciones laborales de los servidores públicos. Si después del 24 de agosto persisten las condiciones de riesgo, la entidad realizará una nueva evaluación y determinará las medidas correspondientes.