Acoset pide claridad sobre las reglas de tercerización e intermediación laboral en Colombia

El gremio de las empresas de servicios temporales considera que la regulación sobre tercerización e intermediación laboral requiere mayor claridad para evitar incertidumbre en el mercado laboral. El proyecto del Ministerio del Trabajo estará abierto a comentarios ciudadanos hasta el 31 de octubre y también propone modificar disposiciones del Decreto 1072 de 2015.
Miguel Pérez García, presidente ejecutivo de Acoset
Miguel Pérez García, presidente ejecutivo de Acoset Crédito: Miguel Pérez García, presidente ejecutivo de Acoset

La decisión del Ministerio del Trabajo de publicar ocho proyectos de decreto enfocados a los cambios de la reforma laboral entre ellos la iniciativa que propone derogar el régimen reglamentario de tercerización e intermediación laboral incorporado por el Decreto 0581 de 2026 abrió un nuevo capítulo en la discusión sobre las reglas que regulan estas actividades en Colombia.

Frente a esta iniciativa, la Asociación Colombiana de Empresas de Servicios Temporales (Acoset) señaló la necesidad de precisar las disposiciones normativas para reducir la incertidumbre que, según el gremio, ha afectado al sector y al mercado laboral.

Miguel Pérez García, presidente ejecutivo de Acoset, se refirió a los antecedentes del Decreto 0581 de 2026 y a los aspectos que, desde la perspectiva de la organización, requieren mayor claridad, especialmente en la interpretación de las figuras de tercerización e intermediación laboral.

“Cuando concertamos el Decreto 0581 con el Gobierno anterior, logramos, en buena medida, salvaguardar la actividad de un sector que genera empleo formal y flexible para miles de colombianos. Sin embargo, en el desarrollo de la norma quedaron aspectos que requerían mayor claridad y precisión, particularmente frente a la interpretación de la tercerización y la intermediación laboral, cuyas confusiones han generado incertidumbre e impactos en el mercado laboral”, afirmó Pérez García.

La posición del dirigente gremial pone el foco en la necesidad de contar con reglas claras para las empresas de servicios temporales y los demás actores involucrados en estas modalidades laborales, en un contexto en el que el Gobierno plantea revisar las disposiciones vigentes.

¿Qué propone el Ministerio del Trabajo?

El proyecto de decreto fue publicado el 16 de octubre de 2026 para recibir comentarios ciudadanos hasta el próximo 31 de octubre. La propuesta contempla dos cambios principales que podrían modificar el marco reglamentario aplicable a estas actividades.

El primero consiste en derogar el régimen reglamentario de tercerización e intermediación laboral incorporado por el Decreto 0581 de 2026. El segundo plantea modificar disposiciones del Decreto 1072 de 2015 relacionadas con las sanciones aplicables a las empresas de servicios temporales y las cooperativas de trabajo asociado.

La iniciativa se encuentra en etapa de consulta pública, por lo que sus disposiciones no constituyen todavía una decisión definitiva. El texto podría modificarse luego de evaluar las observaciones recibidas y adelantar las actuaciones correspondientes antes de una eventual expedición por parte del Gobierno nacional.

Acoset señala la necesidad de reducir la incertidumbre regulatoria

Las declaraciones de Pérez García destacan la importancia que el gremio atribuye a la precisión normativa en materia de tercerización e intermediación laboral. Según el presidente ejecutivo de Acoset, durante la aplicación del Decreto 0581 de 2026 surgieron interpretaciones que generaron inquietudes e impactos en el mercado laboral.

La discusión resulta relevante para las empresas de servicios temporales, que participan en la generación de empleo formal y ofrecen alternativas de contratación para responder a necesidades específicas de las organizaciones. También involucra a las empresas usuarias y a los trabajadores vinculados mediante estas modalidades.

Para el sector, la claridad de las reglas es un elemento central para determinar el alcance de las actividades permitidas, las obligaciones de los empleadores y las consecuencias derivadas de eventuales incumplimientos.

No obstante, el proyecto publicado por el Ministerio todavía debe someterse al análisis de las observaciones ciudadanas. Por ahora, no es posible establecer cuáles serán los efectos definitivos de una eventual derogatoria ni cómo quedarían redactadas las disposiciones relacionadas con las sanciones.

Consulta pública: una etapa clave para definir los cambios

El Ministerio del Trabajo habilitó el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP) para que los ciudadanos, las organizaciones y los sectores interesados puedan revisar el documento y presentar sus comentarios dentro del plazo establecido, que vence el 31 de octubre de 2026.

Esta etapa permitirá recibir observaciones sobre el contenido de la propuesta antes de que el Gobierno tome una decisión sobre su expedición. Las recomendaciones presentadas podrán ser analizadas durante el proceso de revisión normativa, sin que ello implique que necesariamente serán incorporadas al texto definitivo.

La discusión adquiere especial importancia para los actores del mercado laboral relacionados con la tercerización, la intermediación y la contratación de servicios temporales, debido a que el proyecto también plantea ajustes en el régimen sancionatorio contemplado en el Decreto 1072 de 2015.

¿Qué sigue para las empresas de servicios temporales?

El siguiente paso será el desarrollo de la consulta pública y la evaluación de las observaciones recibidas por el Ministerio del Trabajo. Posteriormente, el Gobierno determinará si expide el decreto y cuáles serán sus disposiciones definitivas.

Mientras tanto, la propuesta no implica que el Decreto 0581 de 2026 haya sido derogado ni que las modificaciones al Decreto 1072 de 2015 estén vigentes.

Los ocho proyectos de decreto y sus principales cambios

Los proyectos publicados abarcan diferentes aspectos de las relaciones laborales. Estos son los principales ajustes planteados por el Gobierno:

1. Tercerización laboral ilegal: derogatoria del Decreto 581

El proyecto propone derogar el Decreto 581, debido a que, según el Ministerio, contemplaba multas superiores a las permitidas por la ley y reproducía disposiciones previamente anuladas por el Consejo de Estado.

La entidad aclaró que la tercerización ilegal continúa prohibida y que seguirá ejerciendo sus funciones de inspección y sanción conforme al marco legal vigente.

2. Pactos colectivos: derogatoria del Decreto 992

La propuesta busca derogar el Decreto 992 y restablecer las reglas del Código Sustantivo del Trabajo para el depósito de los pactos colectivos.

El Ministerio precisó que permanece vigente la prohibición legal de suscribir pactos colectivos cuando el sindicato agrupa a más de la tercera parte de los trabajadores de la empresa.

3. Medidas preventivas de los inspectores: reemplazo del Decreto 720

El proyecto plantea sustituir el Decreto 720 por disposiciones que establezcan condiciones más claras para la aplicación de medidas preventivas por parte de los inspectores del trabajo.

Los funcionarios conservarían la facultad de intervenir ante situaciones de riesgo, pero las medidas deberán estar debidamente motivadas, tener carácter temporal, ser susceptibles de revisión y contar con los recursos previstos en la ley.

4. Repartidores de plataformas digitales: ajustes al Decreto 991

En relación con los repartidores de plataformas digitales, el Ministerio propone que los aportes correspondientes se calculen sobre el 40 % de los ingresos reales del trabajador, en concordancia con lo establecido en la ley, y no sobre un salario mínimo que algunos repartidores no alcanzan a percibir.

La medida busca ajustar la reglamentación a las condiciones de ingreso contempladas en la normativa vigente.

5. Acoso laboral, violencia y discriminación: ajustes al Decreto 1040

El proyecto mantiene las medidas de prevención y atención a las víctimas de acoso laboral, violencia y discriminación, incluida la protección especial de seis meses frente al acoso sexual.

De acuerdo con el Ministerio, la atención psicológica quedaría a cargo de las administradoras de riesgos laborales (ARL). Además, se retirarían las presunciones y las reglas probatorias que, según la entidad, deben ser establecidas directamente por la ley.

6. Multas por despido de víctimas de acoso sexual: ajustes al Decreto 405

La propuesta conserva la multa relacionada con el despido de víctimas de acoso sexual y plantea graduar su cuantía teniendo en cuenta también la gravedad de la conducta, con respeto por los mínimos establecidos legalmente.

7. Trabajo doméstico ajustes al Decreto 993

El proyecto plantea que las labores de inspección relacionadas con el trabajo doméstico puedan realizarse sin necesidad de ingresar a la vivienda, con el propósito de respetar la intimidad del hogar.

El seguimiento de las medidas se desarrollaría en la Mesa del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

8. Periodistas y comunicadores: ajustes al Decreto 660

El último proyecto busca adecuar la reglamentación aplicable a periodistas y comunicadores a las disposiciones de la Ley 2466 de 2025, que estableció cambios en materia laboral.

Claves del tema en cuatro preguntas

¿Cuál es la principal preocupación de Acoset frente a la propuesta del Ministerio del Trabajo?

Acoset expresó su preocupación por la propuesta de derogar el régimen regulatorio relacionado con la tercerización e intermediación laboral, incorporado mediante el Decreto 0581 de 2026. El gremio considera que los cambios podrían generar incertidumbre jurídica y afectar el funcionamiento de las empresas de servicios temporales y otras modalidades de contratación laboral.

¿Qué medidas contempla la propuesta del Ministerio del Trabajo?

La iniciativa plantea derogar el régimen del Decreto 0581 de 2026 y modificar disposiciones del Decreto 1072 de 2015 relacionadas con las sanciones aplicables a las empresas de servicios temporales y a las cooperativas de trabajo asociado. Sin embargo, se trata de una propuesta normativa que todavía está en trámite y no de una medida definitivamente adoptada.

¿Qué posición expresó Miguel Pérez García, presidente ejecutivo de Acoset?

Miguel Pérez García manifestó la postura del gremio frente a los cambios regulatorios propuestos por el Ministerio del Trabajo. Acoset ha señalado la importancia de evaluar las implicaciones de estas disposiciones para el sector, así como sus posibles efectos sobre la intermediación laboral, la seguridad jurídica y el funcionamiento de las empresas involucradas.

¿Cuál es el plazo establecido para presentar comentarios sobre la propuesta?

El periodo previsto para recibir comentarios sobre el proyecto comprende del 16 al 31 de octubre de 2026. Durante este tiempo, los actores interesados pueden revisar la iniciativa y presentar sus observaciones a través del proceso de consulta pública dispuesto en la plataforma SUCOP, antes de que las autoridades avancen en el trámite normativo.


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