Suspenden por ocho meses al ex SuperSalud Norman Julio Muñoz

La Procuraduría tomó la decisión contra el funcionario por el caso Medimás.
Norman Julio Muñoz, exsuperintendente nacional de Salud
Norman Julio Muñoz, exsuperintendente nacional de Salud Crédito: Colprensa

La Procuraduría General de la Nación suspendió por el término de ocho meses al exsuperintendente nacional de Salud Norman Julio Muñoz Muñoz, por permitir y/o autorizar el inicio de operaciones a Medimás EPS, sin que contara con una red de prestadores de servicios en el país.

Se trata de un fallo de primera instancia que podrá ser apelado por la defensa del funcionario. Las pruebas de la Procuraduría dan cuenta que al 01 de agosto de 2017 la EPS no tenía en el país una red de servicios que permitiera asegurar el derecho a la salud de sus afiliados.

“La Superintendencia no aseguró su derecho a la salud de manera continua, oportuna, eficaz, y con calidad”, señaló el Ministerio Público, al reprochar el comportamiento de Muñoz como jefe de dicha entidad.

El comportamiento desplegado por el doctor Muñoz Muñoz no acompasó la eficacia como principio rector de la función administrativa en el ejercicio de sus funciones, por cuanto permitió que una EPS iniciara su operación sin que tuviera la cobertura territorial y la cobertura según los niveles de complejidad”, agregó el Ministerio Público.

También criticó que la Superintendencia no tomara medidas urgentes frente a las ineficiencias que presentaba la EPS, “permitiendo que se originara un grave riesgo en la salud de más de cinco millones de afiliados”.

El fallo de primera instancia de la Procuraduría añadió que “teniendo la posibilidad de adoptar medidas eficaces para garantizar el derecho fundamental a la salud, retardó las mismas por aproximadamente 80 días, tiempo en el cual los usuarios de Medimás EPS S.A.S., debieron soportar una carga que no les correspondía, como lo comportaba el riesgo en su salud”.

En conclusión, se afectó el derecho fundamental a la salud por las actuaciones del entonces superintendente y se perturbó el servicio por las ineficiencias de la EPS llevando a tutelas y derechos de petición a sus usuarios.

El exsuperintendente no actuó con diligencia y eficacia para adoptar las medidas tendientes para corregir la afectación grave en el derecho fundamental a la salud”, puntualizó la Procuraduría.

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