Nueva reforma busca permitir el transfuguismo

Reforma constitucional busca permitir transfuguismo por una sola vez en Colombia, con reglas claras para cambiar de partido.
Congreso de la República
Congreso de la República Crédito: Colprensa

Con la firma de alrededor de 60 congresistas de diferentes partidos políticos, fue radicada una nueva reforma constitucional en el Senado de la República que busca permitir el transfuguismo por una sola vez, para que los legisladores puedan cambiarse de colectividad.

El texto de la propuesta, que tan solo tiene cuatro artículos, determina cuáles serían las reglas de juego de cara a las próximas elecciones y le permitiría a los parlamentarios renunciar hasta un mes antes de que se lleve a cabo la inscripción para los comicios, con el fin de que puedan postularse por un nuevo partido.

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“Quien siendo miembro de una corporación pública decida presentarse a la siguiente elección, por un partido distinto o grupo significativo de ciudadanos, podrá por una sola vez en el cuatrienio y hasta un mes antes del primer día de inscripciones de la próxima elección, renunciar al partido o grupo significativo de ciudadanos por el cual fue elegido, sin tener que renunciar a su curul”, indica.

Además, el acto legislativo plantea algo interesante y es que sube el umbral para que los partidos puedan obtener personería jurídica. El umbral está actualmente en 3% y se aumentaría a 5%, lo que haría más difícil llegar al Senado de la República.

“El Consejo Nacional Electoral reconocerá Personería Jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al tres por ciento (3%) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes y de manera diferencial al cinco por ciento (5%) de los votos para Senado”, sostienen.

Finalmente, esta nueva reforma facilitaría el escenario para que el Pacto Histórico y otras coaliciones se conviertan en un partido único, porque si superan el umbral, deberán asumir una sola personería jurídica, la cual debe estar previamente convenida en el acuerdo para la conformación de la coalición.

“Si los partidos o movimientos políticos con personería jurídica coaligados superan de manera conjunta el umbral de que trata el artículo 108 para las elecciones de Congreso, deberán determinar la denominación de un solo partido o movimiento político, al que se le mantendrá la personería jurídica, lo cual deberá quedar establecido en el respectivo acuerdo de coalición”, sostiene la propuesta.

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La propuesta de acto legislativo se suma a otro que ya había presentado en la Cámara de Representantes y también a la reforma política que ya radicó el Gobierno Nacional.

Este es el proyecto de transfuguismo:



demanda

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Armando Benedetti



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