Breadcrumb node

Corte declara legales interceptaciones a Uribe y Diego Cadena

Estas pruebas podrán ser tenidas en cuenta en el caso contra el exabogado de Uribe.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Enero 26, 2024 - 18:35
El senador Álvaro Uribe y el abogado Diego Cadena
El senador Álvaro Uribe y el abogado Diego Cadena
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia declaró como legales las interceptaciones hechas por ese tribunal en el marco de la investigación que avanza contra el abogado Diego Cadena por supuesta manipulación de testigos. 

El pronunciamiento corresponde a una tutela presentada por el abogado, en la que pedía anular esas pruebas, que consistían en conversaciones con el expresidente Álvaro Uribe, que serían clave para ese caso. 

Leer también: Gerson Chaverra ¿Quién es el primer afro en ser presidente de la Corte Suprema de Justicia?

El abogado alegaba que esas interceptaciones no tendrían validez jurídica, pues dichas conversaciones conocidas por la Corte Suprema  y posteriormente la Fiscalía, fueron hechas en el marco de su trabajo como representante legal del exmandatario.

Sin embargo, la Corte Supema concluyó que este argumento no es correcto, porque esas interceptaciones se hicieron luego de que Cadena renunció a ser el defensor de Uribe Vélez. 

"Para la fecha en que se presentaron las interceptaciones, como lo señaló el Tribunal en respuesta a esta demanda, el actor no fungía como abogado defensor del señor Álvaro Uribe Vélez, razón por la cual, a diferencia de lo indicado en la solicitud de tutela, no se ha presentado una infracción constitucional a la guarda del secreto profesional", dice el documento. 

Cadena alegaba que la Corte Suprema habría incurrido en una violación constitucional al recaudar dichas pruebas. Sin embargo, luego de un análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema y pronunciamiento de la Corte Constitucional, el magistrado determinó que no hay un error que amerite declarar la nulidad de esas pruebas, como lo declaró el Tribunal Superior de Bogotá. 

"Por tanto, al no evidenciarse un error irrazonable, desproporcionado o arbitrario, debe negarse la acción de tutela contra el proveído del 13 abril de 2023 adoptado por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá", concluyó la Corte Suprema. 

También le puede interesar: Colombia llama a consultas al embajador en Argentina tras palabras de Milei contra Petro

Con esta decisión, en el caso que avanza contra el abogado Diego Cadena, se podrán tener en cuenta estas interceptaciones para establecer si el litigante incurrió en el delito de manipulación de testigos. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información