Tribunal de Cundinamarca suspende nombramiento de Juan Carlos Florián como ministro de la Igualdad

El tribunal admitió una demanda contra su designación, por supuestamente incumplir la cuota de género.
Imagen de archivo del ministro de la Igualdad, Juan Carlos Florián, en primer plano mientras al fondo se ve el ministro del Interior, Armando Benedetti.
Imagen de archivo del ministro de la Igualdad, Juan Carlos Florián, en primer plano mientras al fondo se ve el ministro del Interior, Armando Benedetti. Crédito: @MinIgualdad_Col en X

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió para su estudio una demanda y decretó como medida cautelar la suspensión provisional del nombramiento de Juan Carlos Florián como ministro de la Igualdad, por presuntamente incumplir con la cuota de género en el gabinete del presidente Gustavo Petro.

La decisión fue adoptada por los magistrados Fabio Iván Afanador García, Luis Norberto Cermeño y Ana Margoth Chamorro Benavides tras admitir para estudio una demanda que fue instaurada en contra de este nombramiento.

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En la decisión, los magistrados del Tribunal le advierten al Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE) que deberá aportar al expediente copia de los antecedentes administrativos del acto demandado en relación con los efectos del Decreto 0892 del 11 de agosto de 2025 mediante el cual se hizo efectivo el nombramiento de Juan Carlos Florián.

“Tal como quedó consignado, la parte actora solicitó la suspensión provisional del nombramiento de Juan Carlos Florián Silva en el empleo de ministro de Igualdad y Equidad, por considerar que fue expedido con infracción de las normas en que debía fundarse (artículos 13, 40, 43 y 209 de la C.P., así como 1.º, 2.º y 4.º de la Ley 581 de 2000, modificada por la Ley 2424 de 2024)”, señala la decisión.

De acuerdo con el demandante en este caso no se garantizó que las mujeres ocupen al menos el 50% de los cargos de máximo nivel decisorio de los ministerios.

Según se señala en la acción judicial, el porcentaje de participación de las mujeres es del 47.4%.

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De acuerdo con las pruebas aportadas en la se plantea que con base en los decretos de nombramiento de los ministros, inclusive el demandado, se evidencia que, de los 19 ministerios, en 9 fueron nombradas mujeres, lo que contradice “la regla fijada por la Ley 581 de 2000, modificada por la Ley 2424 de 2024, por cuanto las nueve mujeres relacionadas corresponden al 47.36% y no al mínimo del 50% exigido”.


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