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Mujer no aceptó cargos tras ser capturada por violar aislamiento

De acuerdo con la Fiscalía, de ser hallada responsable, podría enfrentar una pena de hasta 8 años de prisión.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Marzo 19, 2020 - 13:35
Mujer capturada por violar norma de aislamiento
Mujer capturada por violar norma de aislamiento
Policía Nacional
Tras ser interrogada por un juez de Zipaquirá, se declaró inocente la mujer que pese a haber llegado del extranjero, desacató la orden de mantenerse en aislamiento preventivo para determinar si podría estar contagiada con el virus del Covid -19.
 
Según los organismos de investigación, la mujer había llegado al país proveniente de los Estados Unidos y desatendió la disposición de restringir su movilidad por provenir de un país con riesgo de casos del coronavirus
 
La Fiscalía a cargo de este caso imputó cargos contra la mujer, como presunta autora del delito de violación de medida sanitaria; sin embargo, no aceptó la formulación que le izo el investigador.
 
 
La audiencia se reanudará este jueves, de manera virtual, como se ha cumplido hasta el momento contra la mujer, que permanece aislada en la estación de Policía de Zipaquirá.
 
En su momento, el fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, advirtió sobre sanciones penales para quienes incumplan con los protocolos establecidos para evitar la propagación del coronavirus.
 
Judicializaremos a quienes pretendan desconocer los protocolos relativos a las medidas sanitarias adoptadas por el Gobierno Nacional”, indicó el fiscal Barbosa.
 
Asimismo, señaló que quienes incumplan con las medidas establecidas por las autoridades de salud podrían enfrentarse a penas que oscilan entre los 4 y los 10 años de prisión.
 
 
Para el caso de la primera detenida por violar los protocolos sanitarios, se aplicaría el artículo 368 del Código Penal: “El que viole las medidas sanitarias adoptadas por autoridad competente para impedir la introducción y propagación de una epidemia incurrirá en prisión de 4 a 8 años”.
 
Para otros casos, igualmente podría aplicarse el artículo 369 del Código Penal que contempla: “También el que propague epidemia incurrirá en prisión de 4 a 10 años”, dijo el Fiscal General.
 
En atención a que esta mujer llegó al país, acompañada de su esposo, y se les había impartido instrucción claras en materia sanitaria para asilarse de manera preventiva, y no atendieron la orden de las autoridades de salud, se avalúa expulsar del país al hombre y su pareja, aunque por ser ciudadana colombiana se avanzará en la respectiva judicialización.

 

Fuente:
Sistema Integrado de Información