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Expresidente de Coljuegos, Rodrigo Vélez Jara, suspendido por 10 meses

La sanción se relaciona con irregularidades en contratos.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Noviembre 12, 2020 - 10:34
Procuraduría General de la Nación
Colprensa

La Procuraduría General de la Nación suspendió, por 10 meses, al expresidente de Coljuegos, Rodrigo Vélez Jara, por irregularidades en la suscripción de contratos de concesión de juegos de suerte y azar. 

Lo que señala la investigación de la Procuraduría es que, supuestamente, esos contratos se firmaron con empresas inhabilitadas. 

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La falta que le reprochan a Vélez es el Otrosí No. 1 del 23 de agosto de 2013, con el operador J.E. Ltda, y celebrar un contrato de concesión, el 13 de noviembre de 2013, con la sociedad Empresarios de Apuestas Permanentes del Tolima S.A. “sin tener en cuenta que habían sido declarados responsables por evadir el pago de derechos y explotación de juegos de suerte y azar”. 

Según la información que reposa en la Procuraduría, la empresa J.E. Ltda fue multada por Etesa (Empresa Territorial de Salud) el 25 de junio de 2009, mientras que la sociedad Seapto S.A. fue multada por la Dian (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) el 10 de mayo de 2012.

La sanción de Vélez está relacionada con una prohibición en la ley para firmar contratos con empresas inhabilitadas para estas lides.

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“Esta prohibición está dispuesta en el artículo 10 de la Ley 643 de 2001 (modificado por el artículo 20 de la ley 1393 de 2010), que prevé que están inhabilitadas para celebrar contratos de concesión, las personas naturales y jurídicas que hayan sido sancionadas por evasión tributaria, mediante acto administrativo o sentencia judicial”, sostuvo la Procuraduría a través de un comunicado de prensa informando la decisión. 

En el fallo disciplinario, de primera instancia, la Procuraduría señaló que “Vélez Jara actuó con irrespeto por las normas que protegen la moral, que están íntimamente relacionadas con el manejo pulcro, transparente, diligente y cuidadoso de la actividad administrativa”. 

Más adelante, el mismo fallo advierte que dichas actuaciones podrían poner en riesgo la confianza de los ciudadanos en “los servidores que las representan”.

Fuente:
Sistema integrado de información