‘Epa Colombia’, condenada por daños a Transmilenio

La ‘influencer’ reconoció su responsabilidad en los tres delitos por los que fue acusada.
EPA COLOMBIA
'Epa Colombia' es procesada por dañar la estación de Molinos de Transmilenio. Crédito: Captura de video

La jueza segunda especializada de Bogotá condenó a Daneidy Barrera Rojas, más conocida como ‘Epa Colombia’, por su responsabilidad en la destrucción de la estación de Transmilenio de Molinos en hechos registrados el pasado 21 de noviembre en el marco del Paro Nacional.

La ‘influencer’ reconoció su responsabilidad en los delitos de perturbación en servicio transporte público, instigación a delinquir con fines terrorismo y daño bien ajeno.

La joven pidió perdón por haber atacado con un martillo las puertas, caja registradora y taquilla de la estación de Transmilenio. Todo esto, quedó en registrado en un video que ella misma publicó en sus redes sociales, en las que cuenta con millones de seguidores.

Debido a esto, se comprometió a pagar la multa por los daños a la estructura.

Frente a esto, el delegado de la Fiscalía General le solicitó a la jueza especializada que emita una pena ejemplar. Esto teniendo en cuenta la influencia que tiene la procesada en personas de todas las edades.

Considera que su actuar causó un gran impacto en las personas que la siguen y consumen su contenido, hecho que debe ser tenido en cuenta como un agravante cuando se fije la sentencia.

Por su parte, el representante de Transmilenio S.A.S. (víctima reconocida en este proceso) manifestó la necesidad que se le imponga una pena de seis años de prisión por los graves daños que provocó.

"Tiene una enorme capacidad de penetración social por la forma en cómo llega a millones de personas, debe tener una responsabilidad por el contenido que publica"; precisó el representante de Transmielnio.

En este punto indicó que con su actuar buscaba "generar caos y zozobra, una inequívoca invitación a destruir el sistema, diciendo de manera irónica que no importaba si era la mamá de cualquiera de los ciudadanos que tenían que recoger el desastre".

En este punto señaló que no se le pueden otorgar beneficios judiciales como la detención domiciliaria y se deben timar todas las acciones dirigidas a la recuperación de los 1.200 millones de pesos que costó la reparación de los daños.

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Mientras que el abogado de Recaudo Bogotá (otra de las víctimas reconocidas) manifestó que la conducta de la ‘influencer’ es bastante grave puesto que intentó motivar la destrucción de otras estaciones de Transmilenio y propiedad privada en medio de las marchas.

Por esto, pide que se tenga en cuenta los agravantes de la conducta de la ahora procesada, reconociendo que existió un claro interés en provocar un daño y motivar a otras personas para que la siguieran, poniendo en riesgo a la ciudadanía.

Por su parte, el delegado de la Procuraduría General manifestó que se debe tener en cuenta que la procesada tiene una formación académica que le permitía saber que su actuar estaba en contra de la ley.

“Su modo de vida depende de la publicidad en redes sociales y la promoción de diferentes productores, entre los que se encuentran estilos de comportamiento (…) le genera buenos ingresos por encima de un ciudadano promedio colombiano”, precisó.

Su acción llegó a millones de personas, principalmente jóvenes, quienes pudieron verse afectados e invitados a copiar esta conducta, lo cual representa un agravante que no puede pasarse por alto.

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“Es una persona con figuración pública, cuenta con una influencia en sus seguidores”, precisó el delegado del Ministerio Público al señalar que por esto mismo ‘Epa Colombia’ debe tener una responsabilidad con las personas que la siguen. El procurador pidió que sea condenada a 113 meses de prisión. "No es posible concederle ningún beneficio".

Esto teniendo en cuenta los perjuicios causados a la comunidad, la magnitud del daño causado (avaluado en 1.200 millones de pesos) y el hecho que miles de ciudadanos no pudieron utilizar este sistema de transporte durante varias semanas, afectando su calidad de vida.

"No existió ninguna colaboración de la procesada para el esclarecimiento de los hechos", precisó en su extensa intervención el representante de la Procuraduría General.


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