El Estado no pretende dilatar proceso de Jineth Bedoya en la Corte IDH: Agencia Jurídica

Los magistrados negaron la recusación realizada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Jineth Bedoya, periodista que fue abusada dentro de la cárcel La Modelo.
La periodista Jineth Bedoya fue abusada dentro de la cárcel Modelo cuando adelantaba una investigación periodística. Crédito: Colprensa

La Corte Interamericana de Derechos Humanos programó para el próximo 22 y 23 de marzo la audiencia que se sigue contra el Estado colombiano por el caso del secuestro, tortura y violación de que fue víctima la periodista Jineth Bedoya.

Esta decisión se produjo luego de que los magistrados negaron la recusación formulada en su contra por parte de Camilo Gómez Alzate, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

El representante de la defensa colombiana para este caso le había enviado una carta al secretario de la Corte Interamericana de Derechos Humanosen la que solicitaba la pronta reanudación la audiencia contra la Nación.

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En la misiva, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado señaló que recibió de manera respetuosa la resolución mediante la cual la Corte negó sus recusaciones.

"La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado como siempre lo ha hecho, acata las decisiones de la Corte no obstante su discrepancia con el contenido de la providencia y sin perjuicio de acudir a las instancias correspondientes para discutir sus preocupaciones acerca de los temas planteados", señaló ese la Agencia Jurídica.

De igual forma, Camilo Gómez rechazó las afirmaciones realizadas por algunos de las partes del proceso en el sentido de que Colombia pretende dilatar este proceso ante la Corte IDH.

“Colombia rechaza las afirmaciones de algunos de los participantes en el proceso según las cuales, al hacer uso de una solicitud procesal, el Estado pretende dilatar el procedimiento y lamenta profundamente que la víctima haya tenido que esperar casi 10 años debido al lento trámite dado por la Comisión Interamericana”, indicó Gómez Alzate.

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El funcionario enfatizó que “la decisión del Estado de Colombia de retirarse de la audiencia sólo obedeció a la regla general del derecho según la cual cuando un juez es recusado, no puede continuar un trámite hasta que se resuelva la recusación. Esto lo reconoció esta Corte en su decisión tomada al final de la jornada, de suspender la audiencia hasta resolver la recusación”.


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