Corte Suprema tumbó orden de arresto contra el presidente Iván Duque

La Sala Laboral determinó que el mandatario no incumplió las órdenes judiciales.
Iván Duque - segunda vuelta de elecciones presidenciales 2022
Iván Duque - segunda vuelta de elecciones presidenciales 2022 Crédito: Inaldo Pérez - RCN Radio

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia decidió tumbar la sanción de arresto por cinco días que había impuesto el Tribunal Superior de Ibagué contra el presidente Iván Duque por supuestamente incumplir un fallo de tutela sobre la protección del Parque Natural los Nevados.

La Sala determinó que el Presidente sí cumplió con las órdenes del fallo, que entre otras cosas abarca la designación de un grupo especial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional para acompañar de manera permanente y continua las labores de conservación, manejo y protección del parque.

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“En el curso del trámite incidental, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República manifestó que el Presidente de la República ha dado cumplimiento a las órdenes impuestas, toda vez que aquel delegó tal función al Ministerio de Defensa Nacional, quien ha hecho parte de diversas mesas interinstitucionales en las que se ha establecido la hoja de ruta para la protección y conservación del Parque Los Nevados”, dice la decisión.

El fallo de cierta manera acoge un concepto que entregó la Procuraduría General de la Nación que advirtió que la orden impartida por el Tribunal de Ibagué violaba los derechos al debido proceso del mandatario porque no tenían la competencia para sancionarlo con esa medida.

Por ese mismo argumento la Comisión de Disciplina Judicial recibió una queja por parte del presidente Duque contra los magistrados del Tribunal de Ibagué.

En el documento de 14 páginas el Presidente afirma que los magistrados incurrieron una falta disciplinaria y que no tenían competencia para emitir esa orden.

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“Independientemente de la fuente generado del acto sancionatorio, en el caso del Presidente de la República y al contener éste un aspecto de sustrato penal, por la limitación a la libertad, debe y tiene que ser ordenado únicamente por quien la Constitución ha designado, la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes”, dice la queja.

La queja disciplinaria es contra Carlos Orlando Velásquez, Mónica Jimena Reyes Martínez y Amparo Emilia Peña Mejía en su condición de magistrados de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué.


ELN

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