Corte Suprema: Extorsión entre amantes se constituye en delito

El convertirse en amante de alguien que se encuentre casado, no se puede aprovechar como un negocio.
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Crédito: La FM

Así lo determinó la Corte Suprema, quien le aplicó una condena de ocho años a un hombre quien extorsionó a una mujer.

Ella, quien era casada, mantuvo con el extorsionista una relación alterna consentida por varios meses. Sin embargo, cuando la mujer quiso terminar esa relación extramatrimonial, el hombre por varios meses la obligó a pagarle 5 millones de pesos para no revelarle al esposo y familia de la mujer que mantenía una relación con él.

Este acoso económico llegó a la Corte Suprema y tras estudiar esta tutela, la Sala Penal se pronunció tajantemente, argumentando que tras varias pruebas recolectadas por la misma víctima, como grabaciones de llamadas, correos y mensajes telefónicos, se constituyeron en prueba fehaciente para emitir una condena.

La Corte señaló en su sentencia que los amantes no tienen porqué soportar un acoso y chantaje económico cuando se dé una infidelidad. Este caso se dio particularmente en Maní, Casanare.


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