Corte falló a favor y amparó derechos de reina despojada del título por fotos íntimas

El caso fue el de una joven que aspiraba a señorita Santander pero fue destituida del concurso por fotos íntimas que circulaban en redes
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Crédito: Juan David García

La Corte Constitucional hizo un fuerte llamado de atención para que se respete el debido proceso a las candidatas a concursos de belleza cuando se ven envueltas en situaciones que podrían llevar a sancionarlas de los concursos.

Ese llamado de atención lo hizo el alto tribunal al revisar el caso de una joven que se presentó al concurso para ser señorita Santander. Ella quería representar a ese departamento en el certamen nacional de belleza que se realizaría en noviembre del 2019 en Cartagena.

Después de pasar todos los filtros de selección, la Corporación Imagen Bella de Santander le otorgó el título. Sin embargo, la Corporación le quitó la corona por unos videos e imágenes íntimas de ella que circulaban en redes.

Según ella, la Corporación nunca le permitió defenderse, ni presentar argumentos a su favor para poder continuar en el concurso. Al contrario, a la frustrada reina le cerraron las puertas por supuestamente violar el reglamento del concurso.

“No haber posado para fotografías o videos desnuda, semidesnuda, o en poses lascivas, en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas en cualquier medio de comunicación, incluso en medios de comunicación personal”, indica el citado reglamento.

La Corporación se defendió con el argumento de que la joven conocía las normas que debía cumplir para presentarse al concurso.

“Esa situación que fue expresamente aceptada por la señorita Moreno Castillón y de mala fe ocultó información que claramente violaba el reglamento referido, toda vez que la Corporación Imagen Bella de Santander conoció varias imágenes públicas de la candidata que contrarían, de manera directa y objetiva, las normas establecidas”, señaló la Corporación ante la Corte.

Al revisar el caso, la Corte concluyó que la Corporación Imagen Bella de Santander vulneró los derechos al debido proceso de la candidata al destituirla de su nominación como “señorita Santander” sin permitirle defenderse

“El debido proceso le daba a la joven el derecho de conocer los hechos que podían conducir a su destitución y presentar descargos. Una vez tomada la decisión, tenía derecho a controvertirla mediante el recurso de reposición y la presentación de pruebas”, dijo la Corte.


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