Corte Constitucional tumbó Decreto que incorporaría desmovilizados de las Farc en la UNP

La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó no avalar el Decreto expedido por el presidente Juan Manuel Santos dentro de sus facultades especiales, relacionado con la ampliación del personal en la Unidad Nacional de Protección.
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Lo que trascendió es que los magistrados consideraron que avalar dicho Decreto se estaría sustituyendo normas establecidas como es la ampliación de personal de la UNP, para que los desmovilizados de las Farc hagan parte de dicha entidad.

Según la Corte, este tipo de cambios normativos deben ser tramitados por medio de un acto legislativo y darle el proceso correspondiente para definir los parámetros y necesidades para que el personal y los recursos se garanticen en este caso.

En este aspecto, la Procuraduría había solicitado a la Corte Constitucional que diera vía libre a este Decreto, al advertir que es uno de los aspectos importantes dentro de la implementación de los acuerdos porque “no incurre en ninguna de las prohibiciones impuestas al Ejecutivo para el uso de las facultades presidenciales para la paz, y además se cumple el criterio de estricta necesidad”.

Con esta decisión de la Corte Constitucional, los desmovilizados de las Farc no podrán ser contratados por la Unidad Nacional de Protección y hacer parte de dicha entidad, como se había considerado dentro del Decreto: “para la implementación inmediata de medidas materiales de protección de que trata el punto 3.4.7.4 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, dentro del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política”.


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