Corte condena a clínica Palermo por causarle contagio de Sida a un paciente

El hombre, quien era atendido a causa de un accidente de tránsito, fue contagiado por transfusión de sangre que le realizó la clínica.
Archivo La FM
Crédito: La FM

La Corte Suprema de Justicia condenó a la clínica Palermo a pagar la suma de 122 millones de pesos a un hombre al que tras haberle realizado una transfusión de sangre, fue contagiado con el virus del VIH Sida.

El hombre, quien en el año de 1990 tuvo un accidente de tránsito fue remitido a la clínica Palermo con el fin de ser atendido. No obstante, en el procedimiento de transfusión de sangre, fue contagiado.

Posterior al hecho y de acuerdo a las investigaciones, se logró determinar que el laboratorio encargado de suministrar la sangre la cual llevaba por nombre Alvarado Domínguez, caducó su licencia de funcionamiento en 1986, razón por la cual, en el año en el que se le realizó la transfusión al paciente, este ya no estaba certificado.

Se estableció además que de la bolsa de la cual extrajeron la sangre para el demandante, fue utilizada también para realizarle una transfusión a una recién nacida.

En 1991, al conocer el estado de salud de la pequeña, la clínica Palermo fue notificada de su responsabilidad por la actual condición de contagio de la bebé. Sin embargo, la clínica aún sabiendo que de la misma bolsa de sangre se le había hecho transfusión también al hombre, éste solo fue informado por la clínica de su posible contagio dos años después, es decir en 1993.

Por lo anterior, la Corte Suprema de Justicia obligó a la clínica a pagar la suma de dinero mencionada y pagar a la esposa e hijos la suma equivalente a 1.500 gramos de oro para cada uno por perjuicios morales, tras el fallecimiento de la víctima.




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